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Piden sancionar producción y distribución de contenidos sexuales con niñas, niños y adolescentes, creados con inteligencia artificial
Carrillo Soberanis propuso reformar el Código Penal Federal para sancionar con pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa, a quien, mediante el uso de inteligencia artificial, técnicas digitales para la manipulación de imagen, voz, audio o video, o cualquier otra tecnología similar, genere, altere, simule o reproduzca contenidos que representen actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales.
Díaz Vilchis realiza el foro “Hostigamiento y acoso laboral” para identificar, analizar y prevenir factores de riesgo
Ciudad de México, 9 de noviembre de 2025
La diputada de Morena indica que se busca promover un entorno laboral favorable y proteger la salud física y emocional de las y los y trabajadores
La diputada Catalina Díaz Vilchis (Morena), integrante de la Comisión de Derechos Humanos, realizó el foro “Hostigamiento y acoso laboral”, con la finalidad de identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicológico, promover un entorno laboral favorable y proteger la salud física y emocional de las y los trabajadores.
Durante su participación, la diputada indicó que el hostigamiento y acoso laboral tiene consecuencias en los centros de trabajo.
Agradeció a las y los especialistas que acudieron al foro, ya que a través de sus conocimientos podrán orientar sobre cuáles son los protocolos y procedimientos que debe seguir la o el trabajador afectado, como lo es, documentar las agresiones, buscar apoyo legal, psicológico y denunciar a través de los canales internos de las empresas o dependencias gubernamentales y las autoridades competentes.
Por su parte, Óscar Enrique Aguilar Meza, licenciado en derecho con especialidad en finanzas públicas y maestro en derecho laboral, explicó las diferencias que existen entre el hostigamiento, el acoso y el “mobbing”, con el propósito de brindar una compresión clara y que las personas identifiquen estos conceptos, así como conocer el marco legal y tener la información a fin de promover ambientes laborales sanos.
Explicó que el hostigamiento, el acoso y el “mobbing” son conductas que vulneran la dignidad, la integridad y derechos humanos de las personas. En ese sentido, dijo que en México existen leyes específicas que las prohíben y sancionan en los ámbitos laboral y administrativo.
En ese sentido, mencionó la Constitución Política, el Convenio 190 de la OIT, la Ley Federal del Trabajo, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Penal Federal y la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035 de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS).
Destacó el reconocimiento a los derechos humanos que las leyes otorgan dentro del marco normativo del país, y subrayó que es fundamental reconocer que el hostigamiento y el acoso constituyen violaciones a los derechos humanos.
Señaló que estos actos deben abordarse de manera inmediata en cualquier entorno y que es necesario asumir un compromiso colectivo para fomentar un ambiente laboral seguro donde se promuevan y respeten la equidad, la dignidad y la prevención de toda forma de acoso o violencia.
En su oportunidad, Guadalupe Gema Trejo González, licenciada en psicología, expuso los rasgos de personalidad y las conductas de acoso y hostigamiento laboral, así como las secuelas psicológicas que estas conductas dejan en las personas y cómo solicitar ayuda.