Consejo General avala presupuesto precautorio para la organización de una eventual Consulta Popular y el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025

Ciudad de México, 4 de noviembre de 2024

Cumple INE con la obligación de garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía en los procesos comiciales

En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el presupuesto precautorio para el ejercicio fiscal de 2025, para la organización de una eventual Consulta Popular y los proyectos específicos relacionados con el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025. Ambos formarán parte del Anteproyecto de Presupuesto del INE para el 2025.

Para el primer caso, el presupuesto precautorio aprobado es de $4,620,764,137.00 (cuatro mil seiscientos veinte millones setecientos sesenta y cuatro mil ciento treinta y siete pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con la siguiente distribución:

En el caso del PEEPJF 2024-2025, el presupuesto precautorio asciende a $13,205,143,620.00 (trece mil doscientos cinco millones ciento cuarenta y tres mil seiscientos veinte pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con la siguiente distribución:

El acuerdo señala que el presupuesto precautorio para el PEEPJF 2024-2025 se constituye conforme al Plan Estratégico del INE 2016-2026, observando lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo que respecta a que la administración de los recursos públicos federales debe realizarse con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.

Además, el Consejo General consideró el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la controversia constitucional 203/2020 que determinó que el INE tiene la obligación legal y la responsabilidad de prever recursos adicionales para garantizar la eficacia y transparencia, en caso de realizar una Consulta Popular, criterio aplicable de forma análoga para  prever adecuadamente un presupuesto precautorio que, en su caso, será necesario para llevar a cabo un PEEPJF ordenado y eficiente.

Lo anterior, acorde a la obligación del INE de garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía en los procesos comiciales, lo que obliga a la institución a tomar las medidas eficaces para evitar afectaciones a esos derechos o se vean mermados ante la falta de previsión presupuestal.

Texto y Foto: Instituto Nacional Electoral