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Comisión aprueba dictamen que plantea medidas para combatir el turismo sexual infantil
La Comisión de Turismo, que preside la diputada Tania Palacios Kuri (PAN), aprobó, por 20 votos a favor, el dictamen que reforma el artículo 58 de la Ley General de Turismo, a fin de requerir a los turistas que sean acompañados por menores de edad acrediten el parentesco, patria potestad o tutela o guarda y custodia que tengan con los menores o, en su caso, su mayoría de edad a través de documentos oficiales.
Cámara de Diputados da trámite de publicidad a dictamen de reformas constitucionales que prohíben el maltrato a los animales
Ciudad de México, 6 de noviembre de 2024
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados emitió declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales de la anterior Legislatura, que reforma los artículos 3º, 4º y 73 de la Carta Magna, en materia de protección y cuidado animal.
El documento, que deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal, y diversas propuestas de diputadas y diputados, establece en el artículo 3º que en los planes y programas de estudio que imparta el Estado se incluyan conocimientos sobre la protección de los animales.
Además, en el artículo 4º señala que queda prohibido el maltrato a los animales. “El Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales, en los términos que señalen las leyes respectivas”.
Por lo que hace al artículo 73, faculta al Congreso de la Unión a expedir una ley general en materia de protección de los animales.
En los artículos transitorios precisa que el Congreso de la Unión cuenta con un plazo de 180 días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para expedir la ley general en la materia.
Dicha legislación deberá considerar la naturaleza de los animales, características y vínculos con las personas, la prohibición del maltrato en la crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano y en la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro, así como las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.