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Una traición, no apoyar a la presidenta Claudia Sheinbaum frente al gobierno de Donald Trump: Gutiérrez Luna
El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, afirmó que es una traición no apoyar a la titular del Ejecutivo Federal, Claudia Sheinbaum Pardo, frente a las medidas del gobierno del presidente de Estados Unidos, Donald Trump.
DOF publica reformas para erradicar brecha salarial por razones de género
Ciudad de México, 17 de diciembre de 2024
También, para que se otorguen permisos maternos y paternos en caso de adopción
A partir de este martes entra en vigor el decreto
A partir de este martes 17 de diciembre entra en vigor el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, en materia de erradicación de la brecha salarial por razones de género, publicado ayer lunes en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF).
El pasado 11 de diciembre, por unanimidad, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen por el que modifica las leyes federales del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, para establecer la erradicación de la brecha salarial por razones de género y otorgar permisos maternos y paternos en caso de adopción.
El documento, enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, define en el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo la obligación del Estado de reducir la brecha salarial de género, así como promover acciones para erradicar las prácticas retributivas desiguales.
En tanto, plantea adicionar un segundo párrafo al artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 constitucional con el objetivo de precisar que, en caso de adopción, las personas trabajadoras tendrán derecho a permisos.
Considera que estas acciones buscan reducir la brecha salarial que existe entre mujeres y hombres, a través de acciones dirigidas a erradicar prácticas retributivas desiguales, ciñéndose a lo dispuesto en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Asimismo, amplían la cobertura del derecho que tienen los trabajadores a solicitar permisos por paternidad y maternidad, en casos de adopción.
Subraya que es innegable que en México hay una brecha salarial por razones de género, en detrimento de las mujeres, situación que se agrava con una penalización de facto que existe sobre la maternidad, ya que las madres trabajadoras perciben salarios más bajos, una disparidad que se incrementa a medida que aumenta el número de hijas e hijos que tiene
En este sentido, se detalla que en el país sólo el 45 por ciento de las mujeres en edad productiva trabajan, en comparación con el promedio del 78 por ciento de los hombres, según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Refiere que la brecha salarial de género es del 20 por ciento, lo que significa que las mujeres trabajadoras ganan el 80 por ciento de lo que ganan los hombres y esta disparidad aumenta si se es una mujer con hijos, de color, migrante y con discapacidades.
Considera que de seguir esta brecha salarial se corre el riesgo de dejar a más de 340 millones de mujeres y niñas en la miseria de aquí a 2030 y un cuatro por ciento podría sufrir Inseguridad alimentaria.
Se subraya que al cerrar las brechas salariales entre mujeres y hombres se generan beneficios, pues se aumenta la economía, ya que, según las estimaciones, las empresas que tienen tres o más mujeres en puestos directivos superiores consiguen mejores resultados en todos los ámbitos de desempeño.
En consecuencia, el decreto publicado ayer lunes en la edición vespertina del DOF, es el siguiente:
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, en materia de erradicación de la brecha salarial por razones de género.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
“EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, EN MATERIA DE ERRADICACIÓN DE LA BRECHA SALARIAL POR RAZONES DE GÉNERO
Artículo Primero.- Se reforma el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 86.- A trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual; en cumplimiento de las obligaciones del Estado de reducir la brecha salarial de género se promoverán acciones para erradicar las prácticas retributivas desiguales de conformidad con lo dispuesto en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Artículo Segundo.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, para quedar como sigue:
Artículo 28.- …
En caso de adopción, las personas trabajadoras tendrán derecho a los permisos maternos y paternos previstos en la normatividad aplicable.
Transitorios
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Se dejan sin efecto las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2024.- Sen. Gerardo Fernández Noroña, Presidente.- Dip. Sergio Carlos Gutiérrez Luna, Presidente.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Dip. Alan Sahir Márquez Becerra, Secretario.- Rúbricas.”
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2024.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación.- Rúbrica.