Preliminar de la Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativa al Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de Diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación 2024- 2025

Ciudad de México, 10 de febrero de 2025

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Buenas tardes a todas y todos, señoras y señores consejeros electorales.

Iniciamos la sesión extraordinaria de este Consejo convocada para hoy. Por lo que pido, Secretaria, verifique la existencia de quorum.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo indica, Presidenta.

Procedo a pasar lista de quienes nos acompañan virtualmente.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: Presente.

Buenas tardes.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: Presente.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Presente.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejera Presidenta, le informo que hay tres personas de manera virtual y ocho de manera presencial, por lo cual existe quorum legal para sesionar.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria.

Continúe con esta sesión.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejera Presidenta, el siguiente asunto se refiere al orden del día.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: A disposición de todos ustedes, por si hay alguna intervención.

No existiendo, proceda a tomar la votación correspondiente.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejeras y consejeros electorales, se consulta si se aprueba el orden del día, así como la dispensa de la lectura del documento que contiene el asunto circulado, para entrar directamente a la consideración del mismo.

Procedo a la votación de quienes nos acompañan de manera virtual.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Procedo a tomar la votación de quienes nos acompañan aquí en la sala.

¿A favor?

Consejera Presidenta, le informo que queda aprobado por unanimidad de los presentes.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria.

Continue con la presentación del punto del orden del día.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo instruye.

El punto único es el relativo al Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se determinan los criterios para garantizar el Principio Constitucional de Paridad de Género en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.

Consejera Presidenta, le informo que se recibieron observaciones por parte de la Consejera Electoral Dania Ravel.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Secretaria.

Para la presentación de este punto, hará uso de la voz la Presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, consejera Claudia Zavala.

Adelante, consejera.

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Muchas gracias, Presidenta.

Buenas tardes a todas y a todos.

Hoy hace 11 años se elevó a rango constitucional la garantía de paridad entre mujeres y hombres en los cargos de elección popular.

Este mandato, encontró eco en la reciente reforma constitucional en materia del Poder Judicial de la Federación.

Por lo anterior, se pone a consideración el presente proyecto de acuerdo cuya finalidad es establecer los criterios para garantizar el principio constitucional de paridad de género en este proceso electoral extraordinario.

Para lograr ese objetivo se prevén distintos criterios que permitan, en primer lugar, verificar las listas de candidaturas remitidas por el Senado de la República, en un plazo no mayor de 24 horas, a partir de corroborar la recepción de la información necesaria para dar inicio al proceso de impresión de las boletas electorales y para que, en su momento, el INE cumpla con la asignación paritaria de los cargos.

De igual forma, en el caso de la sustitución de candidaturas, se deberá considerar el cumplimiento de la paridad, por lo que las nuevas postulaciones deberán ser del mismo sexo al originalmente registrado, salvo en el caso de que una mujer sustituyera a un hombre.

En caso de no ser así, se requerirá al Senado de la República, para que el plazo de hasta 12 horas contado a partir de la notificación correspondiente, realice los ajustes necesarios.

En segundo lugar, se proponen los criterios para la asignación paritaria de cargos, conforme a lo siguiente:

Criterio 1. Para la asignación de los cargos de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como de las personas integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, cuyo ámbito de elecciones de carácter nacional, se conformarán dos listas, una de mujeres y otra de hombres, las cuales se ordenarán conforme al número de votos obtenidos en orden descendente.

De cada lista, se asignará alternadamente el número de cargos que correspondan a las mujeres y los hombres más votados, iniciando por mujer, hasta integrar la totalidad de espacios vacantes.

En el caso de las salas regionales del Tribunal Electoral, se seguirá el procedimiento anterior, pero por circunscripción plurinominal, al ser el ámbito territorial de la elección.

Criterio 2. Para la asignación de cargos de magistraturas de circuito y juzgados de distrito en circuitos judiciales cuyo marco geográfico se conforma por dos o más distritos judiciales electorales, se considera lo siguiente:

Uno. Se conformarán dos listas, una de mujeres y otra de hombres, separados por especialidad en cada distrito judicial electoral, las cuales se ordenarán conforme al número de votos obtenidos en orden descendiente.

Dos. La asignación se realizará de manera alternada entre las mujeres y los hombres más votados en el distrito judicial electoral por especialidad, iniciando en todos los casos por mujer.

Tres. En los distritos judiciales electorales que consideren una sola vacante de determinada especialidad, podrá ser asignado inicialmente el hombre o la mujer con el mayor número de votos obtenidos, salvo en aquellos casos en los que se asigne un mayor número de hombres en los cargos que conforman el distrito judicial electoral.

En este supuesto el espacio será asignado a la mujer que hubiere obtenido el mayor número de votos en la especialidad correspondiente.

Esta regla no se aplicará en el caso de que una mujer haya obtenido el mayor número de votos en la especialidad con una sola vacante dentro del circuito judicial.

Cuatro. Una vez realizada la asignación de cargos en los distritos judiciales electorales, el INE verificará que se cumpla el principio de paridad de género en cada especializada del circuito judicial.

En aquellos casos en los que exista un mayor número de hombres en los cargos por especialidad que conforman el circuito electoral, se procederá a asignar a las mujeres que hubieren obtenido el mayor número de votos en proporción a los recibidos en su distrito judicial electoral hasta alcanzar la paridad en la especialidad del circuito electoral correspondiente.

Criterio 3. Para la asignación de cargos de magistraturas de circuito y juzgados de distrito en circuitos judiciales cuyo marco geográfico se conforma por un solo Distrito Judicial Electoral, con un número par de cargos y dos especialidades con una sola vacante, también se dispondrá de dos listas y se asignarán alternadamente los cargos, empezando por mujer, con la diferencia de que en las dos especialidades con una sola vacante podrá ser asignado inicialmente el hombre o la mujer con mayor número de votos obtenidos, salvo que se asigne un mayor número de hombres en los cargos que conforman el Distrito Judicial Electoral.

En este supuesto el espacio será asignado a la mujer que hubiera obtenido el mayor número de votos en la especialidad correspondiente para alcanzar la paridad en el Distrito Judicial Electoral y el Circuito Judicial.

Tampoco se aplicará esta regla en caso de que una mujer haya obtenido el mayor número de votos en la o las especialidades con una sola vacante dentro del Circuito Judicial.

Criterio 4. Para la asignación de los cargos de Magistraturas de Circuito y Juzgados de Distrito en Circuitos Judiciales cuyo marco geográfico se conforma por un solo distrito judicial electoral y tres especialidades con una sola vacante, que a diferencia de los anteriores dispone que en las tres especialidades con una sola vacante podrá ser asignado inicialmente el hombre o la mujer con el mayor número de votos obtenidos, salvo que en estos cargos se asigne exclusivamente a hombres.

De ser el caso, al menos uno de estos espacios será asignado a la mujer que hubiera obtenido el número de votos en la especialidad correspondiente para alcanzar la paridad en el Distrito Judicial Electoral y el Circuito Judicial.

De igual forma, esta regla no se aplicará en el caso de que una mujer haya obtenido el mayor número de votos en la o las especialidades correspondientes.

De este modo la distribución de mujeres y hombres electos por cada Circuito y Distrito Judicial Electoral debe ser paritaria en su vertiente horizontal y vertical, tanto del total de especialidades de cada Distrito, como del total de vacantes de cada especialidad dentro del distrito judicial, a fin de que en la totalidad del Circuito Judicial se garantice la paridad de género.

En ningún Circuito o Distrito Judicial, podrán resultar electas más hombres que mujeres, más allá de una diferencia de uno, considerando los números nones, sin embargo, en el caso de que resulten electas más mujeres que hombres, sí podrá haber una distancia de más de uno, en cumplimiento al principio de paridad flexible.

Finalmente, hago referencia al criterio cinco que establece: “en los casos en los que ninguna mujer obtenga votos en el distrito judicial electoral, los cargos que le correspondan conforme al principio de paridad horizontal en el distrito, se asignaran con las candidaturas de mujeres que hayan obtenido el mayor número de votos en proporción de su Distrito Judicial Electoral en la especialidad del circuito judicial correspondiente.

Si en todo el Circuito Judicial no se emitieran votos a favor de las mujeres en determinada especialidad, estos cargos se declararán vacantes para ser electos en el proceso electoral de 2027.

Creo que se me agotó el tiempo.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Adelante con una moción de tiempo, consejera, para que usted pueda concluir.

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Muchas gracias, Presidenta.

Como se sabe este criterio obtuvo un empate en la sesión de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, por lo que se presenta en los términos que fue convocada dicha sesión, a la consideración de este colegiado.

Por supuesto, agradezco todo el esfuerzo realizado por la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación, así como por la Dirección del Registro Federal de Electores y de Organización, y todas las personas que se incorporaron a este trabajo colectivo, a mis colegas que no integran la Comisión, pero que también estuvieron muy activos en la presentación de opiniones, de observaciones que nos condujeron a concretar un documento y ponerlo a consideración de este Consejo General, para poder estar hoy en condiciones de discutir el punto.

Sería cuanto, Presidenta.

Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muchísimas gracias, Consejera Zavala.

Ha solicitado el uso de la palabra el Consejero Castillo.

Adelante, consejero.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: Muchas gracias, Presidenta.

Pues buenas tardes a todas y todos, de nueva cuenta.

Nada más, rápidamente, para posicionar mi voto en relación con este proyecto.

Estoy a favor en términos generales, de todo lo que se propone, solamente tengo una oposición que ya adelantaba la Consejera Zavala, en relación con el criterio 5, en la última parte, en la página 25 del proyecto se señala “si en todo el circuito judicial no se emitieran votos a favor de mujeres en determinada especialidad, estos cargos se declararán vacantes para ser electos en el proceso electoral de 2027.

De entrada, me parece que éste es un supuesto que difícilmente se dará, pero incluso si se diera, me parece que esta solución que le estamos dando al proyecto, que le estamos dando al supuesto, es una solución que va en contra de un principio fundamental que es, precisamente, la efectividad del sufragio.

Normalmente, los ajustes que hacemos en materia de género, los hacemos previamente cuando tiene que ver con candidaturas, o bien, los hacemos sobre listas de representación proporcional que se trata de listas cerradas y bloqueadas, es decir, en donde no queda claridad sobre si la ciudadanía está votando por una opción en específico.

Sin embargo, aquí en este supuesto, se está proponiendo de que, en el caso que sea claro que ninguna persona votó a favor de una de las opciones femeninas de las candidaturas al Poder Judicial, entonces, se declare la vacancia del cargo.

Me parece que si existen votos a favor de alguna de las opciones masculinas y no hay ni un solo voto a favor de las opciones femeninas, tendríamos que favorecer, en este caso, la eficacia del sufragio.

Y, de hecho, hago una referencia rápida nada más, a la tesis 61 de 2016, de la Sala Superior, del rubro paridad de género, “Las medidas adicionales para garantizarla en la asignación de escaños, deben respetar la decisión emitida mediante el sufragio popular”.

Entre otras cuestiones, en esta tesis señala: “la paridad de género en materia política debe atender a criterios que garanticen la seguridad jurídica para las y los contendientes en el proceso electoral, pues están inmersos en la protección de otros valores como son el voto popular, base del principio democrático y la certeza”.

De ahí que, al efectuarse la asignación de escaños, las medidas adicionales para garantizar la paridad de género deben respetar la decisión emitida mediante el sufragio popular.

Es por estas razones que yo no acompaño solamente esta oración que leí, esta última parte del criterio 5.

Por todo lo demás, estoy de acuerdo, en consecuencia, al no acompañar esta última parte del criterio 5, tampoco podría acompañar la propuesta cuarta de la Consejera Ravel, que justamente propone una modificación a esta regla.

Y también, en otras observaciones, respecto de las observaciones 1 y 2 de la Consejera Ravel, tampoco las puedo acompañar. Me parece que el Instituto Nacional Electoral no tiene facultades para excluir candidaturas que son postuladas por otros poderes, me parece que tenemos que buscar en todo caso otro tipo de mecanismos para ajustarlo.

Entonces, bueno, anuncio mi voto a favor del proyecto con esta excepción, la parte final del criterio quinto y si se llega a someter a consideración del Pleno estas consideraciones de la Consejera Ravel, votaría en contra de estas tres.

Muchas gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejero Castillo.

Consejera Dania Ravel.

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Muchas gracias, Presidenta.

Desde el Poder Judicial se han tomado decisiones que han generado grandes fracturas en las paredes del patriarcado y el machismo. Sentencia a sentencia se han construido mecanismos para el reconocimiento de los derechos de las personas pertenecientes a los grupos en situación de vulnerabilidad, entre ellos el de las mujeres, que es el único grupo que sin ser minoritario ha sido relegado y excluido de los espacios de poder y de toma de decisiones.

A lo largo de los años, lenta, pero consistentemente, se han ido cimentando garantías y condiciones adecuadas para que las mujeres puedan ejercer sus derechos humanos en plenitud e igualdad, desde el reconocimiento al derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y hasta el reconocimiento al trabajo del hogar, pasando por la protección a su intimidad.

El Poder Judicial de la Federación ha contribuido en gran medida al quebrantamiento de los techos y cadenas que históricamente han buscado contener a las mujeres.

Específicamente hablando de los derechos político-electorales, se ha reconocido que la paridad no se agota en la postulación de candidaturas, sino que debía traducirse al ejercicio del poder público.

Se ha establecido la obligación de aplicar la paridad horizontal y vertical, y se ha buscado imponer una visión transversal, paritaria e incluyente al enfoque heteronormado que durante generaciones se ha resistido a reconocer y otorgar voz y decisión a las mujeres.

Sin embargo, a pesar de la histórica inclusión del principio de paridad de género en nuestra Constitución en 2014 y de los esfuerzos institucionales para aplicar este principio en todos los ámbitos después de la reforma constitucional de 2019, en las autoridades jurisdiccionales aún encontramos una considerable mayoría de hombres impartiendo justicia.

El propio proyecto que hoy se pone a nuestra consideración ya cita que de acuerdo con el Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal 2024, publicado por el INEGI, del total de magistraturas, únicamente el 23.4 por ciento es ocupado por mujeres, mientras que, del total de personas juzgadoras, las juezas representan un modesto 35.8 por ciento.

Por eso esta primera elección extraordinaria del Poder Judicial de la Federación representa una oportunidad sinigual para que más mujeres tengan la posibilidad de ser juzgadoras; esto porque el legislador previo, atendiendo la máxima constitucional de paridad, que la asignación de los cargos electos se realizaría precisamente atendiendo el principio de paridad de género.

Y es muy importante hacer énfasis en esta parte porque ya había una previsión constitucional en el artículo 35, fracción II, para que las mujeres sean postuladas en paridad a todos los cargos de elección popular, lo que ahora incluye juezas, magistradas y ministras. Pero lo verdaderamente novedoso es que desde el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se dice que la ley establecerá la forma y procedimientos mediante concursos abiertos para la integración de los órganos jurisdiccionales observando el principio de paridad de género, y en el artículo 533 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se prevé que una vez que el Consejo General realice la sumatoria final procederá a asignar los cargos por materia de especialización entre las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos, observando la paridad de género y publicará los resultados de la elección.

Esto significa que la autoridad electoral debe vigilar que la integración de los órganos judiciales se realice con estricto apego a la paridad de género, y aunque no hay un procedimiento establecido en la ley ni tampoco reglas muy específicas de cómo debe llevarse a cabo esta asignación, en el decreto de reforma constitucional se estableció en el artículo segundo transitorio que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral podrá emitir los acuerdos que estime necesarios para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del Proceso Electoral Extraordinario del año 2025 y para garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales aplicables para los procesos electorales federales, observando los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género.

De modo que este Consejo General tiene facultades para emitir los criterios que ahora se nos ponen a consideración.

La reforma al Poder Judicial de la Federación aún sigue siendo fuente de controversia en muchos sectores de la sociedad y aunque haya un sinfín de opiniones acerca de su idoneidad o sus efectos a largo plazo, una cosa es cierta, esta reforma es una oportunidad extraordinaria para llevar la paridad en todo de la norma a los hechos en los tres poderes de la Unión, garantizando que las muchas mujeres altamente cualificadas que hay en este país puedan acceder a la titularidad de la impartición de justicia sin ser víctimas silenciosas del pacto patriarcal que aun muchos se niegan a ver, pero cuyos efectos vivimos todos los días las mujeres.

Hay que decirlo fuerte y claro, el objetivo no es solo llenar vacantes con mujeres, sino asegurarnos de que haya un verdadero equilibrio de poder en la toma de decisiones que tienen un impacto directo sobre os derechos y libertades de la ciudadanía.

La paridad de género es también una cuestión de calidad en la administración de justicia, la inclusión de mujeres en el Poder Judicial aporta una perspectiva diversa y enriquecedora que permite una mejor comprensión de las problemáticas sociales y un abordaje más integral de los casos que se presentan ante los tribunales.

Es importante reconocer que, si bien, la paridad de género es esencial, también debe ir acompañada de un proceso de formación y sensibilización en torno a los derechos humanos, la igualdad de género y la lucha contra la violencia estructural, solo a través de un Poder Judicial verdaderamente capacitado y comprometido con la justicia, podremos avanzar en la eliminación de las brechas de desigualdad que aún existen en nuestra sociedad.

En esta ocasión nos corresponde honrar la disposición constitucional que nos faculta para asignar los cargos del Poder Judicial de la Federación observando la paridad de género, así de claro.

Por ello, estos lineamientos prevén diversos escenarios que podrían actualizarse y plantean la forma en la que deberemos actuar para asignar los cargos de manera paritaria.

Del 50 por ciento de los cargos en disputa que corresponden a las mujeres, ninguno debe ser asignado a un hombre y estos criterios también se hacen cargo de que ello no ocurra así.

Hoy que las voces que buscan una retroactividad de derechos de minorías, resuenan más fuerte que en los últimos 50 años a lo largo y ancho del mundo, es que el compromiso institucional del estado mexicano hacia la garantía de derechos y oportunidades igualitarias se vuelve ineludible y desde el INE como ha sido la afortunada costumbre, creemos que las reglas y criterios que podamos prever para contribuir a un ejercicio del poder público, democrático, incluyente y paritario, serán siempre esfuerzos satisfactorios.

Estos criterios son muestra clara del compromiso institucional que sostenemos frente a la primera elección de personas juzgadoras en México.

Gracias, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Dania Ravel.

Consejero Uuc-kib Espadas.

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Gracias, Presidenta.

La última reforma constitucional en materia de intervención del Poder Judicial es un momento grave para la democracia mexicana, porque entre otras cosas, define claramente el tránsito de México en materia electoral a la postdemocrática, a privilegiar las condiciones temporales por encima del voto popular a la hora de ocupar cargos electivos.

En lo concreto, el derecho de las políticas a ocupar cargos, por encima del derecho de las mujeres a elegir.

Se trata no de otra cosa que de ignorar el voto de las mujeres cuando este voto no se adecúe a los criterios de lo que a veces se autodenomina progresismo, en México no mucho porque la idea del progresismo estuvo vinculada a movimientos socialistas y comunistas de hace algunas décadas, y como la defensa de estas nuevas nociones sobre las contradicciones fundamentales de la sociedad, se dan justamente, en el lado opuesto del espectro ideológico, donde no gusta mucho ser confundidos con comunistas, socialistas ni nada rojo o rosado.

En ese sentido, y tratándose de un mandato constitucional, no nos llamemos a engaño, estas medidas no benefician a las mujeres en su conjunto, sino a un minúsculo número de mujeres políticas, en detrimento del derecho de elegir, ahora sí, del conjunto de las mujeres.

El indicio más claro de esto es que, a la hora de discutir las normas de paridad, jamás se habla, por ejemplo, de exigir a los partidos, condiciones para que estas elecciones impulsen, cíclicamente, a mujeres de segmentos olvidados, sino que basta para efectos de la autoridad electoral, que sean los mismos círculos los que una u otra vez se beneficien de manera fragmentaria, de derechos en principio previstos para el conjunto de las militantes, o incluso, el conjunto de las votantes.

No es esta medida una medida que beneficie ni a las votantes ni al conjunto de las mujeres.

Me preocupa mucho el que estas medidas se juzguen prácticamente en su texto y haya una gran resistencia a estudiar sus efectos, porque si analizáramos los efectos veríamos que tras 30 años de existir en el sistema electoral mexicano las cuotas, éstas las iniciamos en el PRD en 1995, se aplicaron por primera vez para la elección de 1997 y si tuviéramos el atrevimiento de tocar la realidad, veríamos que estas cuotas no han significado ni una gran apertura de la clase política, la clase política no ha abierto nuevas y grandes oportunidades para que mujeres que por sus condiciones antes no podían participar en la política, ahora sí lo hagan, esto no ha ocurrido, la violencia económica sigue siendo el principalísimo factor de exclusión de las mujeres y estas medidas desde luego no han contribuido absolutamente en nada a modificar esa brecha.

Pero lo que más me preocupa es que si nosotros observamos el contexto internacional, podemos observar el efecto boomerang de estos excesos.

Y así, eso sí me preocupa, vemos cómo en distintos países, empezando por el poderosísimo vecino del norte, el efecto boomerang ha llevado a una derecha sin pudor de reconocerse como derecha, que va contra derechos básicos conseguidos por muchas sociedades, incluida la nuestra, como el derecho al aborto, en algunos casos incluso el derecho al divorcio y sin lugar a dudas a otro tipo de medidas de fondo que hoy son derechos con los que ya cuenta la población femenina y otros segmentos de población discriminados, pienso, por ejemplo, en el matrimonio igualitario.

Entonces, por favor, no nos confundamos, este tipo de medidas que no son del Instituto, porque vienen de la Constitución, suplen un imaginario pacto patriarcal con un auténtico y muy añejo pacto oligárquico. Todo puede cambiar a cambio de que sean las mismas elites económicas las que tomen las decisiones fundamentales en el país.

En tal sentido, votaré subordinándome al mandato constitucional, lo he hecho en otros asuntos en los que no estoy de acuerdo con el mandato constitucional. Lo he hecho en otros asuntos en los que no estoy de acuerdo con el mandato constitucional, pienso inmediatamente en la fórmula de distribución de diputados plurinominales, pero tratándose de un mandato constitucional no me toca a mí negarlo y votar en sentido contrario.

Votaré, pues, en favor del mandato constitucional y, en consecuencia, de este acuerdo que consagra para elección de jueces el criterio posdemocrático, antes que el voto debe prevalecer la condición de quien aspira a ser electo.

No votaré, sin embargo, por cosas que no se desprenden de la Constitución, tal es el caso de declarar vacantes los cargos para los que ninguna mujer haya recibido ningún voto.

Además, me parece que esto ilustra perfectamente esta contradicción entre hacer como foco del derecho electoral a las mujeres o hacer como foco del derecho electoral a las políticas. Si ninguna de las aspirantes a jueces, ahora convertidas en políticas, como que son los que van a las elecciones; si ninguna mujer en un circuito es capaz de obtener el voto de ninguna otra mujer de las cientos de miles que hubieran podido votar por ella, ¿de verdad toca a esta autoridad electoral declarar una vacancia en este puesto?, o nos toca hacerle caso al voto de las mujeres y de los hombres, que combinados votaron por otras personas y asignar ese cargo a la persona que más votos haya obtenido.

Muchas gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muchísimas gracias al Consejero Uuc-kib Espadas.

Para uso de la palabra la Consejera Carla Humphrey.

Adelante, consejera.

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: Gracias, Presidenta.

El proyecto que hoy se pone a nuestra consideración es de la mayor relevancia para la vida democrática del país y sobre todo para la participación política de las mujeres en la carrera judicial.

Esta elección inédita, sin precedentes, nos compromete como Instituto Nacional Electoral a cumplir no solo con lo mandato en el artículo 35, fracción II de la Constitución, que establece que son derechos de la ciudadanía poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, sino también conforme al artículo 3, numeral primero, inciso d) BIS de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que señala que la igualdad política entre hombres y mujeres se garantiza con la asignación del 50 por ciento de mujeres y 50 por ciento de hombres en candidaturas a cargos de elección popular y en nombramientos de cargos por designación, afortunadamente incluso ya hemos avanzado con el mandato de optimización flexible que no establece este 50 por ciento.

Asimismo, conforme al artículo 2º transitorio, párrafo quinto del decreto de reforma al Poder Judicial de la Federación que dispone que este Consejo General podrá emitir los acuerdos que estime necesarios para la organización, desarrollo, recepción del voto, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial a fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, observando los principios de certeza, legalidad, imparcialidad, independencia, máxima publicidad, objetividad y paridad de género.

La desigualdad histórica que han atravesado las mujeres juzgadoras en nuestro país es de larga data, los cargos de mayor jerarquía generalmente han sido ocupados por hombres.

Si bien es cierto que a partir de la reforma de 2019, conocida como paridad del todo, el Consejo de la Judicatura Federal emprendió una estrategia encaminada a propiciar la participación y representación igualitaria de mujeres y hombres, a través de acciones afirmativas como lo fueron los primeros concursos exclusivos para mujeres, para acceder a cargos de juezas y magistradas de circuito, la realidad es que numéricamente seguimos estando muy lejos de llegar a ese 50 por ciento de los cargos y, por tanto, de cumplir con el principio constitucional de paridad.

Para dimensionar esta brecha existente, de acuerdo con cifras del Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal de 2024, publicado por el INEGI, indica que el Consejo de la Judicatura Federal contó con 852 personas magistradas, de las cuales 653 fueron hombres y únicamente 199 mujeres. Estamos hablando apenas del 23 por ciento.

Mientras que, en el caso de las personas juzgadoras, se encontró que eran 486 hombres y 271 mujeres, es decir, el 35 por ciento, muy lejano a esa paridad.

De ahí la relevancia de este acuerdo y la responsabilidad que tenemos como Instituto, frente a la oportunidad que representa la primera elección de personas juzgadoras, para garantizar que hombres y mujeres accedan a dichos cargos, respetando y garantizando el principio constitucional de paridad.

En ese sentido, me congratulo que hoy estemos aprobando o conociendo este acuerdo por el que se determinan los criterios para garantizar este principio tan relevante en nuestro sistema constitucional mexicano, el de paridad de género.

En primer lugar, los criterios, requerimientos de información y aclaración, y sustituciones de candidaturas, establecen que este Instituto verificará la información necesaria parta dar inicio al proceso de impresión de las boletas electorales que podrá formular, por única ocasión, un requerimiento al Senado de la República, de aquella información estrictamente necesaria para la correcta impresión de las boletas, incluida aquella que permite, en su momento, que este Instituto cumpla con la asignación paritaria de los cargos.

En caso de que el Senado no atienda dichos requerimientos, este Consejo General adoptará las medidas necesarias.

En segundo lugar, me refiero a los cinco criterios para garantizar la asignación de cargos en los que debo reconocer el trabajo exhaustivo por parte de la Unidad de Igualdad de Género y No Discriminación, en esta labor tan compleja de análisis y división de criterios conforme al marco geográfico definido y de la Comisión, por supuesto, y de sus integrantes, en especial, la labor comprometida de la Consejera Presidenta de la Comisión, la Consejera Claudia Zavala.

Estos cinco criterios están diseñados de tal forma que se garantiza una distribución paritaria en sus dos vertientes, es decir, su vertiente horizontal del total de especialidades en cada distrito, así como la vertical a saber del total de vacantes de cada especialidad, dentro de cada circuito judicial.

El criterio 5, disposiciones aplicables a los circuitos judiciales, generó un debate entre mis colegas, integrantes de la Comisión, que resultó en un empate, por lo cual quiero anunciar que, atendiendo al principio constitucional de paridad de género, votaré a favor en lo general, y en lo particular, de este criterio en los términos del proyecto.

No debemos olvidar que, como lo ha dicho el Tribunal Electoral, el cual como sabemos, es el órgano especializado encargado de la definición y alcances del principio de paridad en materia electoral, y cito, la aplicación del principio de paridad se ha implementado en el sentido de que no constituye un techo o límite, sino un piso o un mínimo que posibilite la participación política de las mujeres y que obligue a que se adopte un mandato de optimización flexible, mismo que trasciende la cuestión numérica, entendida como el 50 por ciento de cada género.

En ese sentido, me parece clara la finalidad del criterio 5, ya que, por un lado, la primera parte busca cómo garantizar que los votos que existan en los circuitos se optimicen para las mujeres, con el fin de no dejar esos espacios vacantes.

Y, por otro lado, la segunda parte del criterio tiene como fin, maximizar los derechos de las mujeres en el sentido de que un espacio que le pertenece a la mujer no pueda ser ocupado por un hombre.

Considero que, con este criterio, el Instituto vela por la materialización del principio de paridad de una forma más eficiente y eficaz.

Cierro mi intervención diciendo que, así como lo logramos con los acuerdos de paridad en gubernaturas, un proceso difícil que vio, como seguimos viendo, muchas resistencias, pero que fue caminando poco a poco y que hoy tiene sus mejores resultados en la historia del país con el mayor número de mujeres gobernando de manera simultánea, 13, y la primera Presidenta, sí, con “A”.

Estoy segura que, con este primer acuerdo de paridad en el Poder Judicial, habremos de dar el primer gran paso para garantizar que más mujeres juzgadoras en la historia lleguen precisamente a esos cargos para la impartición de justicia.

Es cuanto, Presidenta.

Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muchísimas gracias, Consejera Humphrey.

Consejera Norma Irene De la Cruz.

Consejera del INE, Irene De la Cruz Magaña: Muchas gracias, Presidenta.

Muy buenas tardes otra vez a todas y a todos.

El INE tiene una larga tradición como institución garante del principio de paridad. Muchas han sido las acciones que hemos encabezado para incrementar la participación de las mujeres en el ámbito público, desde la aplicación de cuotas electorales en el Poder Legislativo, hasta la aplicación de la reforma constitucional del 2019 que mandató la paridad en todo.

El avance de la inclusión de las mexicanas en espacios de toma de decisiones ha sido importante, aunque sabemos que no es total.

El Poder Judicial de la Federación, ya nos comentaban, tienen un rezago en cuanto a la integración paritaria de los cargos de decisión.

Por ello, la elección por voto popular de sus integrantes es una oportunidad histórica para resarcir esta falta; sin embargo, debemos ser escrupulosas en nuestro actuar, asegurándonos que éste se lleve a cabo conforme al principio de constitucionalidad y legalidad.

La reforma constitucional que ordenó la realización de este proceso electoral judicial prevé claramente en sus artículos 94 y 96 los mecanismos a través de los cuales se asegura la paridad en las listas de candidaturas. Esta es una labor que compete a los comités de evaluación de cada Poder de la Unión y, finalmente, al Senado de la República.

El presente acuerdo propone que este Instituto requiera al Senado la atención de posibles incumplimientos. A mí me parece que esto excede a nuestras atribuciones para este proceso electoral.

El segundo transitorio del decreto fue muy claro al indicar y, abro comillas; “el Instituto Nacional Electoral efectuará los cómputos de la elección, publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos, asignando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres, iniciando por mujer”, cierro comillas.

Nuestra competencia es asegurar la paridad en la integración, se limita a la etapa de asignación de los cargos una vez concluida la jornada electoral, responsabilidad que realizaremos con base en los resultados de los cómputos.

La conformación de las listas es responsabilidad de los comités de evaluación de los poderes de la Unión, así lo señala de manera tácita el artículo 96, fracción II, inciso c), al referirse que estos serán responsables de entregar listados al Senado observando la paridad de género y a la vez podrán hacer las modificaciones necesarias.

Listas que son resultado de un procedimiento previo de insaculación pública, con observancia al principio de paridad para la integración de cada uno de los cargos vacantes y que además fueron aprobados por el pleno de la Senado de la República, de tal forma que son definitivas y no están sujetas a la verificación por parte de este órgano electoral.

Es importante precisar que en caso de algún incumplimiento existen las instancias jurisdiccionales competentes para resolver cualquier inconsistencia.

Este Consejo General como autoridad administrativa no puede intervenir en procesos llevados a cabo por los poderes de la Unión, máxime cuando la Constitución no lo dispone expresamente.

El INE tiene el irrestricto compromiso de actuar siempre en apego a la ley, así como con los principios de imparcialidad, objetividad, certeza, independencia, máxima publicidad, paridad y perspectiva de género.

Ahora, en el marco de este proceso electoral judicial nuevamente tenemos la oportunidad de ser punta de lanza al establecer que la paridad será la ruta que garantice que más mujeres lleguen a ser ministras, magistradas o juezas y así asumir de manera compartida los desafíos de la impartición de justicia de nuestro país, y esto, aclaro, es lo que está en el marco que nos manda la ley.

En esta reforma hay muchas cosas que no fue muy clara, pero el qué nos toca hacer respecto a paridad es muy claro que sí nos toca, y que nos toca hacer. No nos toca declarar vacancias, no nos toca hacer sorteos si no hay mujeres que reciban votos, eso nos excede nuestra responsabilidad y, por supuesto, esas partes no las acompaño.

Es cuanto, Presidenta.

Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Norma Irene De la Cruz.

Consejero Jorge Montaño.

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Gracias, Presidenta.

Bien, decido hacer uso de la voz en este punto del orden del día, porque el proyecto que se analiza reviste una relevancia particular en el proceso electoral extraordinario, pues plantea la manera en que se asignaran los cargos electos del Poder Judicial de la Federación, esto en plena observancia del principio de paridad de género, instituido en nuestro orden jurídico mediante la reforma constitucional de junio de 2019 y que resulta de aplicación transversal en todo el ámbito público, máxime cuando de lo que se trata es de integrar uno de los tres poderes de la unión a partir de la votación emitida por la ciudadanía.

En este sentido y dada la relevancia del tema, quiero exponer las razones por las que me apartaré del criterio cinco que se propone en el acuerdo, el cual se votó diferenciadamente en dos partes.

Según el cual, en los casos en los que ninguna mujer obtengan votos en el distrito judicial electoral, los cargos que le correspondan conforme al principio de paridad horizontal en el distrito, se asignaran con las candidaturas de mujeres que hayan obtenido el mayor número de votos en proporción a su Distrito Judicial Electoral en la especialidad del Circuito Judicial correspondiente.

Si en todo el circuito judicial no se emitieran votos a favor de mujeres en determinada especialidad, estos cargos se declararán vacantes para ser electos en el proceso electoral del año 2027.

Antes de exponer las razones de mi descenso, quiero expresar mi compromiso indeclinable con la participación e incidencia de las mujeres, no solo en el ámbito público, sino en todo aspecto de la vida social en nuestro país.

En los últimos años, México ha dado pasos muy importantes y significativos en materia de paridad, prueba de lo cual es que hoy por primera vez en la historia tenemos una Presidenta de la República y el congreso está integrado de manera plenamente paritaria, circunstancia que también se observa en las entidades federativas, principalmente en aquellas en las que el Poder Ejecutivo está encabezado precisamente por una mujer.

En ese sentido, estoy convencido de la importancia de revertir desventajas históricas y consolidar la paridad de género como un criterio de integración de todo órgano público, así como de la progresividad de derechos y el no retroceso de logros alcanzados.

Una vez señalado lo anterior, debo señalar que la razón de mi descenso radica en que, desde mi perspectiva, en el proyecto se está generando una confusión entre la obtención o acceso a los cargos a partir de la votación de cada candidatura en la demarcación territorial que le haya sido asignada, es decir, una candidatura de mayoría relativa en la que obtiene el cargo o triunfo la candidatura que hubiera obtenido mayor votación y una suerte de asignación que podría equipararse con la que se hace por el principio de representación proporcional, esto en el caso de diputaciones.

A mi juicio, el hecho de que en una demarcación territorial no resulten electas mujeres, no implica o no genera el derecho a que se tome una candidatura distinta que participó en otra demarcación, aun cuando exista coincidencia en la materia o área de especialidad, pues esta candidatura contendió en igualdad de circunstancias en otro ámbito y considerarla para uno distinto por el solo hecho de que en una demarcación no resultaron electas mujeres, me parece que no solo no contribuye al fortalecimiento del principio de paridad, sino que genera distorsiones al otorgar beneficios o ventajas adicionales, que determinadas candidaturas no habrían obtenido.

Me parece importante hacer notar que mi descenso no tiene que ver con cuestiones de género, es decir, no es porque una mujer acceda al cargo de mérito, sino porque lo que el criterio en cuestión está planteando, es que se otorgue el cargo a una mujer que no compitió en esa demarcación, esto en detrimento de las que sí, bajo el solo argumento de la coincidencia diaria de especialidad o materia, lo que me parece inexacto e inequitativo, pues no existe base legal que así lo prevea, aunado a que no se razona de manera suficiente, pormenorizada y exhaustiva, los motivos en que se sustenta esta determinación, ni el marco normativo establece una figura semejante o equiparable a lo que el criterio 5 plantea.

Pero el tema al que me refiero no solo incide sobre la equidad en el tratamiento a las candidaturas y la asignación de cargos a partir de la votación obtenida, sino que también repercute en la voluntad del electorado, pues de manera facciosa se estaría alterando la voluntad de la ciudadanía en el distrito judicial de que se trate, esto al asignar una candidatura que en los hechos no fue electa.

Y si bien entiendo la racionalidad de potenciar el derecho de las mujeres a participar en los distintos espacios públicos y de evitar en la mayor medida que no haya cargos vacantes, me parece que estas finalidades si bien son virtuosas y persiguen bienes jurídicos tutelados relevantes en los procesos electorales, debe privilegiarse el sentido del voto de la ciudadanía tal como fue expresado.

En este sentido, de aprobarse el referido criterio, me parece que como ya lo señalaba, no sólo no se contribuye al fortalecimiento del principio de paridad, sino que se estaría abonando a la inequidad en la contienda al otorgar posibles ventajas indebidas a candidaturas no ganadoras, aunado a que se vulneraría la voluntad ciudadana expresada en las urnas, lo que desde mi punto de vista no puede ocurrir, salvo que concurriera alguna circunstancia de gravedad especial, alguna nulidad u otra causa que así lo requiriera.

Como lo he señalado en reiteradas ocasiones, ya durante este proceso las elecciones se sustentan de manera relevante en los principios rectores, de entre los cuales toma especial relevancia, y lo he venido señalando reiteradamente en intervenciones anteriores, el de la certeza, por cuanto a que las candidaturas deben conocer con precisión las reglas a las que se sujetan durante su participación en este proceso electivo y alterar la norma o prever criterios no previstos y que en los hechos podrían tener efectos perniciosos, me parece que atentan contra el espíritu democrático de la reforma y en este sentido amplio del proceso electoral extraordinario inédito que tenemos en curso.

Gracias, Presidenta.

Es cuanto.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejero Jorge Montaño.

Consejera Rita Bell López Vences, adelante.

Consejera del INE, Rita Bell López Vences: Muchas gracias.

Bueno, pues en principio igual agradecer el trabajo muy puntual que se ha realizado a fin de contar con estos criterios que me parece salimos en tiempo y atendiendo a diferentes medidas que nos van a poder dar certeza para garantizar la paridad de género en esta elección.

Y en ese sentido, pues somos diferentes los órganos que tenemos también esta obligación y, por lo tanto, quisiera referirme a algunas cosas que se han de alguna forma mencionado.

De los requerimientos de información o aclaración, si bien es cierto este acuerdo señala que el INE recibirá las listas de candidaturas del Senado de la República y que se verificará lo remitido, incluso se señalan algunas áreas de este Instituto que harán esta revisión, que también eso lo platicábamos en mesas de trabajo, que van a corroborar la información necesaria para la impresión de la boleta.

Esto es importante aclarar que solo será, justo, corroborar la información y que cuando se habla de que se harán requerimientos e incluso aquí hicimos énfasis y quiero por eso también dar la claridad que es información estrictamente necesaria, es decir, si está escrito correctamente el nombre; hay nombres que estamos mucho más acostumbrados a escucharlo en femenino pero que quizá tengamos que hacer como algún requerimiento en ese sentido, no para conformar ni en cuestiones de reorganizar las listas, sino atiende específicamente a requerimientos que permitan aclarar cualquier duda para que la impresión de las boletas sea correcta, y esto lo platicamos en mesa y por eso los términos en los que quedó este proyecto, y por eso quería también como aclararlo.

Ya no nos estaríamos metiendo en un acomodo de listas paritarias, porque entendemos que esa es una de las obligaciones que tendrá el Senado al entregarnos esas listas.

Y por aquí se hacía, aprovecho porque aquí se hacen algunas propuestas, una de ellas que se realice un sorteo para garantizar la paridad en estas candidaturas tras un requerimiento que se realice al Senado específicamente en eso. Por tanto, igual y eso lo habíamos platicado, fue parte de alguna propuesta que se hizo en su momento, pero determinamos que esta facultad y ese trabajo es respetuoso del Senado que le toca y de acuerdo a lo que hemos ido viendo que ha ido sucediendo por allá, se está atendiendo a un número suficiente de mujeres y hombres.

En ese sentido, yo no acompañaría esa propuesta, me quedaría con los términos en los que está actualmente, solamente este tipo de requerimientos de información o aclaración.

Y también se hace otra propuesta sobre sustituciones de candidatura que, en efecto, me parece que el propio acuerdo y desde lo que habíamos platicado, lo que corresponde es que, si no se hace la sustitución, de sustituir a una mujer por un hombre, se descarte la candidatura. Estas también son reglas que ya conocemos de otros procesos que se han aplicado, pero que sí da como mayor tranquilidad que así quede, me parece esa era la lógica, no tendría problema con eso, pero sí con la propuesta de hacer dos requerimientos, puesto que tenemos poco tiempo para solventar cualquiera de estas situaciones.

Entonces, yo no acompañaría que sean dos requerimientos, me quedaría con uno, que ya se está contemplando e incluso estamos señalando de 12 horas ese requerimiento por los tiempos.

Entonces, también yo, solamente me quedaría con el requerimiento de uno solo de 12 horas.

Y en el caso del criterio cinco, que también ya se ha señalado que en sesión de la Comisión nos quedamos ahí en empate por este criterio en cuanto a que no votaran por una mujer, eso sería super lamentable y la verdad me gustaría desde ahora decir que yo espero que no suceda, pero también entiendo que también el área y quienes hemos revisado este documento sabemos que también no se descarta en su totalidad pero la verdad esperemos que eso no suceda, hagamos mucho trabajo para que no vaya a suceder de esta forma.

Pero, sobre la forma en la que se está considerando atender esta situación, yo no la acompañaría porque justo ya se ha señalado que, porque estuvieron las personas, las mujeres en este caso como candidatas y sino obtuvieron ningún voto, nos tendría que llevar a otras revisiones, pero también hacer como estos cambios de manera arbitraria, tampoco me parece lo adecuado.

Yo ahí en ese sentido estaría porque esto vaya a otra elección, en un principio y decía que tendría que ir a un proceso electoral extraordinario para atender estos casos específicos, pero también atendiendo que en el 2017 habría otra elección y por cuestiones, si estamos viendo que es complicado el asunto de los recursos del tiempo, lo dejaría para que en el 27 entonces se haga un planteamiento y entonces a lo mejor estas vacantes que se declararan por no haber ningún voto, sí tengan una revisión muy puntual y quizá estemos hablando ahí de candidaturas ya fijas para mujeres, ¿no?

Entonces, por eso no acompañaría esta propuesta del criterio 5, ni en lo que se refiere al Distrito Judicial ni en el Circuito.

Yo creo que tendría que ahí declararse pues desiertos esos espacios.

Sería todo, no sin antes seguir agradeciendo por los trabajos, porque creo que nos dará mucha claridad de qué haremos en otro tipo de supuestos y, pues agradecer todo el trabajo conjunto que se realizó, las observaciones y, bueno, pues sería todo.

Muchas gracias, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Rita Bell.

¿Alguien más desea intervenir en este primer punto?

Haré mi intervención, una vez que no observo solicitudes de uso de voz.

Nos encontramos ante una propuesta que busca avanzar en la igualdad de género en el ámbito judicial, un objetivo que compartimos y que consideramos fundamental.

La paridad de género es, sin duda, un paso importante en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria, y como mujer, respaldo firmemente los esfuerzos para garantizar que todas las voces sean escuchadas y representadas.

Desde el INE hemos impulsado, con firmeza, la paridad de género y seguiremos trabajando para que ésta sea una realidad en todos los espacios públicos.

Tras un análisis detallado del proyecto, he decidido no acompañar el apartado de los requerimientos de información del considerando cuarto. Lo anterior, es así porque el Instituto Nacional no tiene injerencia en el proceso de selección y postulación de las personas candidatas a los cargos a elegir en este proceso, ya que ésta se encuentra en el ámbito competencial de los poderes de la unión.

Esto significa que los comités de evaluación aplicaron el principio constitucional de paridad de género.

En el propio acuerdo establece que la información es estrictamente necesaria, tal como nos la hace saber la consejera Rita Bell, aquellas que, para la correcta impresión de las boletas electorales, incluida, por supuesto, aquellas que permitan, en su momento, que este Instituto cumpla con la asignación paritaria de los cargos. Esto también viene en el proyecto de acuerdo.

Y la otra parte que es para mí, inevitable no transitar con ella, en caso de que el Senado de la República no atienda dichos requerimientos, el Consejo General del INE adoptará las medidas necesarias y no se establece cuáles, cómo, cuándo y qué efecto tendrán en las listas que nos han enviado.

De igual forma, me pronuncio en contra de la propuesta del criterio 5 y compartiré mis razones sobre éste para la asignación de cargos en el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación.

Este criterio establece que si en un distrito judicial, ninguna mujer recibe votos suficientes, los cargos serán reasignados a otras candidatas o, en su defecto, declarados vacantes hasta el 2027.

El respeto a la voluntad ciudadana es un pilar de nuestra democracia, el mecanismo referido no debe de afectar la voluntad del voto popular, es decir, la paridad debe garantizar oportunidades reales sin vulnerar el derecho de quienes han sido electos por el voto popular.

La democracia se fortalece cuando la igualdad y la representación se construyen sin comprometer la certeza del voto ni la legalidad del proceso.

Es fundamental encontrar mecanismos que equilibren la inclusión con el respeto absoluto a la voluntad ciudadana.

El objetivo de lograr una mayor representación de mujeres es un propósito constitucional, pero debemos ser conscientes de que los mecanismos que se propongan para alcanzarlo deben respetar todos los principios fundamentales de nuestra democracia, entre los cuales se encuentra la certeza y seguridad jurídica, la equidad real y el respeto a la voluntad popular.

La paridad no es un principio aislado, convive con otros principios que también deben ser garantizados y respetados, tales como el de legalidad, certeza y seguridad jurídica.

Garantizar una representación justa y equitativa no puede comprometer la esencia misma de nuestra democracia. Al final del día mujeres deben contender paritariamente y con oportunidades reales, es decir, debemos aspirar a una paridad que no sólo sea de números, en la que todas las personas, sin importar su género, puedan competir en igualdad de condiciones para que las mujeres ocupen espacios de decisión en la vida pública de nuestro país.

En consecuencia, apoyaré la paridad de género en los espacios de toma de decisiones públicas, como lo he venido haciendo en este pleno en la adopción de estos acuerdos como instrumentos de garantía y cumplimiento en la paridad de género establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Pero lo que votaré a favor en lo general del proyecto de acuerdo y en contra en lo particular del apartado de requerimientos de información y del criterio cinco, contenido el considerando cuatro del proyecto de acuerdo en discusión.

En caso de aprobarse por la mayoría de este colegiado, presentaré un voto particular respecto a los puntos señalados.

Muchas gracias.

En segunda ronda si alguien desea participar.

No habiendo más… En segunda ronda, consejero Uuc-kib.

Consejero del INE, Uuc-kib Espadas Ancona: Gracias, Presidenta.

A ver, voy a continuar en esta discusión que me parece francamente una discusión deportiva, pero que, como otras discusiones deportivas, ilustran los criterios sobre los cuales los integrantes de la autoridad deciden su voto.

Me parece imposible, hasta le metería yo una apuesta, me parece prácticamente imposible que en un circuito o subcircuito se dé la situación de que ninguna mujer haya recibido votos, pero si tal cosa ocurriera, que esa es la hipótesis en la que estamos, me parece que hay que tener, hay que tomar muy en serio lo que tendríamos enfrente.

A ver, pongo un ejemplo de un padrón chiquito, Baja California Sur. Baja California Sur tiene “494 mil 165 mil” votantes, de los cuales 308 mil 948 son mujeres.

¿Qué pasa?, ¿a qué conclusión debemos llegar si de 308 mil 948 mujeres ninguna le da un solo voto a ninguna candidata?

O sea ¿de verdad este Instituto debe decidir que, si así fue, 308 mil 948 mujeres están erradas, son víctimas de la cis-hetero-patriarcal normatividad o debemos asumir la visión democrática?

Si 309 mil mujeres me dicen: “Ninguna de las candidatas que tengo a la vista debe ser jueza ni magistrada”, ¿será que debamos hacerlo tantito caso a 308 mil mujeres que ejercen su voto? O que debamos decirles: “No, ustedes están equivocadas, en consecuencia”, y entonces ahí salen las opciones.

Como 309 mil mujeres se equivocaron, fueron manipuladas por el pacto patriarcal para no votar por mujeres, entonces yo, autoridad, no puedo permitir eso y decido por sorteo entregarle un juzgado o un lugar en un tribunal de circuito a una candidata que no logró que una sola mujer emitiera su voto por ella. ¿De verdad esto es una norma que protege a las mujeres?

O tal vez decir: “Está bien, señoras, como todas ustedes se equivocaron a la hora de votar, pues vamos a llevar esta elección a una elección extraordinaria, a ver si ahora sí se portan, ¿eh?”, pues no. No puedo con eso, no pidan una cosa así.

Si en el caso, que no va a ocurrir, de que en una circunscripción ninguna mujer fuera votada, la única lectura democrática que le podemos dar a eso es, el conjunto de las mujeres decidió que ninguna de las candidatas merece su voto y, en consecuencia, hay que hacer caso a lo que las mujeres sí votaron y asignar esa candidatura como se hacía en la prehistoria democrática, se le da el cargo a quien obtuvo la mayoría de votos, lo cual parece que ahora es un criterio, no sé, de dominación o autoritario, pero es democracia, quien tiene más votos, ocupa el cargo, ya está, esa es la posición que yo sostendré a la hora de votar.

Muchas gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejero Uuc-kib.

Consejera Claudia Zavala.

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias, Presidenta.

Quisiera explicar un poco el sentido del criterio cinco y que, yo sí considero que es muy poco probable que se dé, espero que no se presente, pero ¿qué es lo que estamos viendo aquí? Pues, las condiciones en las que compiten las mueres, aunque parezcan que hay piso parejo, no lo hay y no lo hay y hay que atenderlo.

No es que solo las mujeres no quieran votar por las mujeres, en el caso que pone el Consejero Uuc-kib, es que se puede dar el supuesto porque nosotros hicimos una distribución geográfica electoral que yo podría ser candidata de un distrito y no vivir en ese distrito y no votar por mí; eso es como se hizo la distribución con el enfoque electoral.

Así que las potenciales personas que podrían votar por una mujer al estar fuera de su demarcación para poder votar con el circulo conocido, a lo mejor no se puede dar.

Pero en este supuesto, yo creo que es mejor que nosotros optimicemos el voto, porque hay dos postulados en este criterio cinco, en uno de optimiza el voto porque se toma en consideración los votos ya tomados en el circuito judicial.

Y en el otro impera el principio de que ningún cargo que pertenezca a una mujer, podrá ser ocupado por un hombre y puede ser declarado vacante para que el siguiente proceso electoral, pueda analizarse la situación de ese caso en particular y, en su caso, adoptar algunas medidas de nivelación, afirmativas.

Me parece que ésa es la razón que se encuentra.

Entiendo que las razones que se oponen, pero el análisis que se hizo a partir del área de la Unidad de Género, de todos quienes estuvimos participando, incluido el primer saque que tuvimos como documento que todos mis colegas y las mujeres y los hombres del colegiado aportaron sus dudas, sus inquietudes, que nos hicieron reflexionar y replantear muchas cosas, me parece que más vale que nosotros abarquemos estos supuestos.

Dos, requerimientos. Las propias áreas ejecutivas nos han dicho que es probable que se requiera hacer algún requerimiento porque a veces no vienen técnicamente bien la fotografía, porque si el nombre, hay una duda, se deja un espacio, siempre hay que dejar una puerta abierta para los requerimientos, que tengamos la certeza para poder mandar a imprimir las boletas, porque una vez que están impresas, no habrá cambios y eso es un tema que creo que es un espacio que ayuda a las áreas, a todas las áreas, para poder referir.

Se dice y se argumenta que, pues la ley es muy clara, pues no, la Constitución no es clara en caso de sustituciones, habrá que ver qué se hace en el caso de sustituciones para poder tener las reglas antes, porque pueden darse, pues sí, es muy probable porque ya hay criterios que señalan que en las sustituciones pues nadie podría no aceptar una renuncia.

Y me parece que, lo que se ha discutido respecto del voto y la paridad, la eficacia del voto, pues la tesis del 2016 tuvo una redimensión en la reforma del 2019 y en esta misma reforma, en la que se dan una pauta muy fuerte para la integración paritaria.

Gracias, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Claudia Zavala.

Consejera Dania Ravel, adelante.

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Muchas gracias, Presidenta.

Me quiero referir a las observaciones que mandé y que tiene que ver, precisamente, con el rubro de requerimientos de información o aclaración, y de sustituciones.

Lo primero que quiero decir es que, este rubro de requerimientos que se está previendo en el proyecto de acuerdo, no es nada más para cuestiones meramente administrativas, de tengo duda del nombre, la fotografía. Si dice claramente como incluso usted lo leyó en su intervención, que estos requerimientos son, incluido por supuesto, así dice, aquellos que permitan en su momento, que este Instituto cumpla con la asignación paritaria de los cargos, cuestión con la cual yo estoy de acuerdo.

Y se ha mencionado aquí que no tenemos nosotros facultades para hacer estos requerimientos y yo creo que sí y, sobre todo, en el tema de paridad de género, porque si no, pues entonces, cómo le damos cumplimiento a lo que dice el artículo 35, fracción II de la Constitución, que dice expresamente que se tiene que observar el principio de paridad de género en las postulaciones para todos los cargos de elección popular, lo cual ahora ya incluye a las personas juezas, ministras y magistradas.

Pero además también, pues ahora ya tenemos una modificación al artículo 94 de la Constitución, que dice expresamente: “la ley establecerá la forma y procedimientos mediante concursos abiertos para integración de los órganos jurisdiccionales, observando el principio de paridad de género.

Y también el 533 de la LGIPE, que dice “una vez que el Consejo General”, ya está hablando aquí del INE “realice la sumatoria final, procederá a asignar los cargos por materia de especialización entre las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos, observando la paridad de género”.

Entonces, por supuesto, que tenemos asideros legales para estar haciendo estos requerimientos, de hecho, tenemos la obligación de hacer estos requerimientos, el Senado tiene la obligación de observar el principio de paridad de género en los listados que nos manden y nosotros de vigilar que se esté cumpliendo con eso; y en caso de que eso no ocurra, pues entonces hacer los requerimientos para que eso sí se cumpla.

Ahora, lo que se está estableciendo en el documento es la posibilidad de hacer dos requerimientos, uno con un plazo de 48 horas para recibir respuesta y otro con un plazo de 24 horas; pero se dice “en caso de que el Senado de la República no atienda dichos requerimientos, el Consejo General del INE adoptará las medidas necesarias”. ¿Cuáles son las medidas necesarias? No estamos dando ninguna certeza en este documento, y lo que se requiere es dar certeza al documento.

Por eso yo mando una observación en donde dice expresamente cuál será la consecuencia de no atender el requerimiento del INE en caso de que no se esté cumpliendo con el principio de paridad de género.

Y la consecuencia es algo muy parecido a lo que hacemos en las elecciones donde se renueva, por ejemplo, el Congreso, y tenemos que verificar que se cumpla con las postulaciones paritarias. Se realizará un sorteo para descartar candidaturas de hombres hasta ajustar las listas de candidaturas de manera paritaria.

Ahora, en el caso de sustituciones pasa algo parecido, se dice nada más en su caso que “si no se atienden los requerimientos porque, por ejemplo, se nos sustituya una mujer por un hombre, pues se van a tomar las medidas necesarias”. ¿Cuáles son esas medidas necesarias? Nadie sabe porque aquí no se explica y se está dando una completa incertidumbre.

Entonces lo que yo digo es: se tiene que poner expresamente cuál va a ser la consecuencia de que esto no ocurra. Si no son atendidos, podría descartarse la candidatura del hombre con la que pretende sustituirse la candidatura de una mujer, porque sí tenemos la obligación de prever que haya postulaciones paritarias y luego, en su caso, tenemos la obligación de hacer asignaciones paritarias y que se hagan, si se requieren, ajustes de género, porque aunque no nos guste el decreto de reforma establece expresamente que se tienen que hacer una asignación de 50 por ciento hombres, 50 por ciento mujeres por lo menos. Y tenemos nosotros que observar eso.

Tengo también un distanciamiento con el criterio 5, con la última parte, pero en una tercera intervención me referiré a éste.

Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Dania Ravel.

Consejero Jorge Montaño.

Consejera Carla Humphrey.

Consejera del INE, Carla Astrid Humphrey Jordan: No, adelante.

Consejero del INE, Jorge Montaño Ventura: Gracias, Presidenta.

Bueno, he escuchado las intervenciones y el ejemplo que pone el Consejero Uuc-kib Espadas con respecto al estado de Baja California Sur, y creo que no solo sería el estado de Baja California Sur, podría haber ese mismo supuesto en otras entidades, sin duda, de las que están participando en este proceso electoral, que es todo el federal, todo el país y en las 17 entidades que llevamos concurrencia en las elecciones judiciales locales.

Yo sí no me atrevería a apostar aquí con el Maestro Uuc-kib porque vamos, perderíamos, porque no sería un modelo o un concepto o una figura de la historia el respeto a la voluntad popular sería un precepto y una figura vigente porque es un reflejo, un principio democrático de todos los países que se precien de serlo.

Creo que ahí perderíamos la apuesta porque no sería la prehistoria, consejero, sería actual, totalmente vigente el respeto a la voluntad popular, de la cual nosotros debemos de ser garantes, no solo los órganos administrativos electorales sino, por supuesto, las autoridades jurisdiccionales en materia electoral.

Piso parejo y equidad es lo que procuramos. Lo señalamos reiteradamente en todas nuestras intervenciones en las comisiones, así como también en sesiones de Consejo Electoral, y hablamos de esa equidad en la contienda no solo en los recursos que puedan tener o espacios, sino también en lo material, lo hemos señalado en temas de fiscalización, ha habido sanciones precisamente, por no respetar esa equidad en cuanto al uso de recursos.

Señalé que me apartaba del punto 5 y fui claro en cuanto a que era el motivo de no poder dejar vacantes esos espacios donde no hubiera una expresión popular favorable a alguna mujer en la pretensión de obtener un cargo dentro de este Proceso Electoral Judicial Extraordinario. Pero sería lamentable dejar vacante un espacio que, sin duda, tiene que ser cubierto y tendríamos, entonces, secretarios en funciones por un espacio de tres años, esto para esperar el próximo proceso electoral judicial que sabemos está previsto en la norma para el próximo 2027.

Entonces, creo que no es el espíritu de la reforma en cuanto al Poder Judicial de la Federación dejar estos espacios, sino lo que se busca es que ya se puedan cubrir en su totalidad y, por supuesto, cubiertos por mujeres.

Pero, no podemos nosotros desvirtuar la expresión popular, la voluntad de la ciudadanía, forzarla hacia un lado o hacia el otro, que nos llevaría a procesos extraordinarios, a penas y tenemos recursos para un proceso ordinario y entonces no sé qué nos depararía financieramente para un proceso extraordinario y que no fuese uno, serían varios, sin duda, serían muchos procesos extraordinarios.

Yo quiero aclarar aquí que siempre he estado a favor de las acciones afirmativas que beneficien al género femenino, pero esta acción sin duda correspondería a otro momento o etapa del proceso electoral y que no es lo que hoy nos está ocupando.

Gracias, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejero Jorge Montaño.

Consejera Carla Humphrey.

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias, Presidenta.

Bueno, a mí me parece que justamente con este acuerdo lo que estanos dando es certeza, ¿por qué? Porque lo estamos aprobando antes de que conozcamos los listados, a tiempo para que se puedan impugnar, estamos respetando y cumpliendo con algo que señala la propia reforma constitucional.

Aquí lo que creo que está muy claro es que la propia reforma judicial recupera en todo momento el cumplimiento del principio de paridad en la integración de las listas, en la asignación que nosotros tendremos que hacer, me parece que eso no está en duda, es, además, ciertamente, un principio constitucional y desde 2019 habla de paridad en todo, que incluye la integración no solamente en las candidaturas.

Hemos tenido ya este debate muchas veces y una y otra vez, también la Sala ya lo ha confirmado, estamos hablando integración.

Y aquí, pues ahora el Poder Judicial también se va a elegir con el voto popular, con lo cual, pues todo lo que hemos discutido aquí sobre elecciones, voto popular, qué es lo que debe privilegiarse, etcétera, pues cae en este tema porque estamos hablando de un… ya lo dijo la Corte, de un proceso electoral.

Entonces, creo que tan es así que estamos viendo en las elecciones nacionales, que la propia reforma constitucional dice: de nueve ministraturas, cinco serán para mujeres; en la Sala Superior, de dos, pues uno y uno; en el Tribunal nuevo de Justicia Disciplinaria, de cinco integraciones, tres son mujeres; en las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de 15 magistraturas, 10 serán mujeres.

Me parece que mayor claridad de cómo está delineada la reforma en términos de paridad, no podemos tener.

¿Cuándo lo tenemos que hacer? Siempre se han quejado y lo hemos oído aquí, que no tenemos la regla antes, que la regla de ajuste, cuando la propusimos en 2021, ésa fue la queja, cuando intentamos preverla en distintos momentos y se nos dijo que hasta después.

El año pasado la previmos desde diciembre y se aplicó la regla de ajuste.

Ahora que lo estamos haciendo, justamente en un momento en el que ni siquiera tenemos los listados de candidaturas y diciéndole al Senado de la República: “recuerda que se tiene que cumplir con este principio de paridad en las listas que nos tienen que enviar en dos días”, pues me parece que es el momento oportuno para ver cuáles son los mecanismos que pudiéramos utilizar, justamente para garantizar la integración paritaria de los órganos, esta asignación.

Claramente, éste es un primer momento que estamos recibiendo listados, estamos previendo qué pasará después en el caso de la votación y cómo a mi juicio, sí estamos obligadas y obligados a cumplir con la asignación paritaria porque eso dice la Constitución y la reforma al Poder Judicial.

La democracia, contrario a lo que se dice aquí, no solamente garantizar el voto popular, en un estado de derecho la democracia también se hace cargo de los grupos en situación de discriminación y eso es lo que hace un estado democrático y constitucional de derecho como el nuestro.

Ésas son las reformas que se han impulsado a partir de 2011, para tener estos criterios, incluso de interpretación o principios que se han ido incorporando a nuestra Constitución, justamente como en el principio de paridad.

Y bueno, de los temas de siempre apoyamos y, sin embargo, pues bueno, está pavimentado el camino, ¿no?, del infierno, del cielo, como se dice, ¿no?, las acciones se demuestran con votos en los acuerdos.

Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejera Carla Humphrey.

Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Gracias, Consejera Presidenta.

Este debate que estamos dando, particularmente sobre el criterio 5, es muy singular, diría que es hasta extraño, y no quiero calificarlo más, pero que gira en torno de un escenario prácticamente imposible, imposible, porque tiene como supuesto cero votos, cero, no pocos votos, no una elección en la que parezca, bueno, discriminatorio; no, son cero votos.

De tal manera que sí creo que estamos hablando de un escenario imposible, porque supondría que ni las mujeres que se postulen votarían por sí mismas ni por ninguna otra mujer.

Y alguien puede imaginar que alguna mujer que se postula la pusieron ahí como con el tristemente célebre mecanismo; bueno, argucia de “Juanita”, pero que eso sucediera con todas las candidatas en un distrito; bueno, ya en un circuito es excesivamente algo estrambótico. De verdad no es posible, estamos discutiendo sobre un escenario imposible.

Podrá decirse que sí es prácticamente imposible, teóricamente se debe prever. El problema es que la solución que se propone ante un escenario imposible y con un supuesto también sin ningún sustento, esa solución también resulta contraria a un principio elemental de respetar el voto.

Y es cierto que se han previsto medidas siempre discutibles, pero creo que tienen una racionalidad de adoptar medidas compensatorias sobre un resultado que no cumpla con la paridad, pero eso en todos los casos se ha hecho sobre una pluralidad de votos, incluso se adopta un criterio de sustituida por la mujer que tenga más votos, ¿no?, para sustituir, para compensar lo que esté en determinado número de la lista de representación proporcional, que significa que tiene una pluralidad de votos.

Sería imposible que tuviera cero, porque de hecho no tendría el partido derecho a participar de ninguna forma.

Aquí no se estaría compensando un resultado electoral que no cumple con la paridad, se estaría anulando, anulando una elección, es decir, anulando el voto de cientos de miles de personas o de decenas de miles o si se quiere de unos cuantos miles de personas de un distrito o unos cientos. Creo que eso sí excede, aparte, entonces, si me permite, Presidenta, para concluir en 20 segundos más.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Vaya mi moción, consejero, para que usted concluya.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Se lo agradezco mucho.

Entonces, este Criterio 5 no solamente contempla un escenario prácticamente imposible, propone una solución contraria a un principio electoral fundamental.

Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, Consejero Jaime Rivera.

¿Alguien más en segunda ronda?

¿En tercera ronda?

Consejera Dania Ravel.

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Muchas gracias, Presidenta.

Únicamente para decir por qué también me distancio de la última parte del Criterio 5, que establece: “Si en todo el Circuito Judicial no se emitieran votos a favor de mujeres en determinada especialidad, estos cargos se declararán vacantes para ser electos en el proceso electoral de 2027”.

No estoy de acuerdo con esta consecuencia, a mí me parece que justamente se nos dio un mandato para que los 881 cargos que se someten del Poder Judicial Federal a elecciones sean ocupados, y si estos no son ocupados, por la razón que sea, se tiene que hacer una elección extraordinaria. No podemos determinar que queden vacantes hasta la siguiente elección.

Vamos, creo que tenemos que seguir exactamente la misma lógica que en cualquier otro proceso electoral en donde si por algún motivo no tenemos a una persona para poner en el cargo, pues entonces tenemos que irnos a una elección extraordinaria, no nos esperamos a que haya la siguiente elección del Congreso, de ayuntamiento, de la gubernatura, etcétera.

No veo yo un sustento para que esto ocurra así, y de hecho creo que estaríamos no observando lo que dice la reforma, que expresamente mandató que cargos se tiene que ocupar con esta elección.

En ese sentido, yo me separaría de esa parte del criterio cinco, por esos motivos.

Gracias, Presidenta.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, consejera.

¿Alguien más en tercera ronda?

No existiendo ya más participaciones, Secretaria, vámonos por la votación.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como indica, Consejera Presidenta.

Si está de acuerdo esta mesa, someteré la votación en los siguientes términos, primero someteré el proyecto en lo general excluyendo lo relativo al criterio cinco de disposiciones aplicables a todos los circuitos judiciales, lo relativo a los requerimientos de información o aclaración y lo relativo a la sustitución de candidaturas.

Después, pondré a su consideración en lo particular dicho apartado de manera separada la primera y segunda parte del criterio cinco.

En primera instancia, la primera parte del criterio que señala: en los casos en los que ninguna mujer obtenga votos en el distrito judicial electoral, los cargos que le correspondan conforme al principio de paridad horizontal, en el distrito se asignarán con las candidaturas de mujeres que hayan obtenido el mayor número de votos en proporción a su distrito judicial electoral, en la especialidad del circuito judicial correspondientes en los términos del proyecto.

En caso de no aprobarse, sometería a consideración la propuesta de la Consejera Rita Bell de la primera parte, relativa a que en caso de que ninguna mujer obtenga votos en el distrito, se declare desierto el cargo y se someta a votación en el proceso de 2027.

En segunda instancia, someteré a votación la segunda parte del criterio que señala: si en todo el circuito judicial no se emitiera votos a favor de mujeres en determinada especialidad, estos cargos se declararán vacantes para ser electos en el proceso electoral de 2027 en los términos del proyecto.

En caso de no aprobarse, sometería a consideración la propuesta de la Consejera Dania Ravel, que señala: que, si en todo el circuito judicial no se emitiera votos a favor de mujeres en determinada especialidad, será procedente una elección extraordinaria en donde se postulen únicamente mujeres a los cargos en disputa.

En caso de no aprobarse la propuesta anterior, sometería a consideración la propuesta del Consejero Arturo Castillo de la segunda parte, relativa a que en todo el Circuito Judicial no se emitieran votos a favor de mujeres en determinada especialidad, estos cargos se asignen a las personas que obtengan el mayor número de votos.

Posteriormente, pondré a su consideración en lo particular los apartados de manera separada, de requerimientos de información o aclaración, como viene en el proyecto.

De no aprobarse, someteré a votación las propuestas de la Consejera Presidenta, respecto de eliminar el apartado de requerimientos de información o aclaración.

Posteriormente, de no aprobarse, someteré a votación las propuestas de la Consejera Dania Ravel, respecto de requerimientos de información o aclaración y sustitución de candidaturas, ¿es correcto?

¿Sí es correcto?

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Es correcto.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejera Presidenta, procedo a tomar la votación.

En primer término, someto a su consideración en lo general, el proyecto de acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, listado como el punto único.

Procedo con las especificaciones ya hechas.

Procedo a tomar la votación en lo general, de manera nominal, a quienes nos acompañan de manera virtual.

Consejero Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Ahora lo hago a quienes se encuentran en esta sala, a favor en lo general.

Consejera Presidenta, se aprueba por unanimidad de votos, en términos generales.

Ahora, consejeras y consejeros electorales, con relación al Criterio 5, someto a su consideración la primera parte en los términos del proyecto.

Procedo a la votación en los términos del proyecto, de manera nominal, a quienes nos acompañan virtualmente.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Ahora lo hago a quienes se encuentran presentes en esta sala.

¿A favor?

¿En contra?

Consejera Presidenta, le informo que no se aprueba en los términos del proyecto, hay seis votos en contra y cinco a favor.

Toda vez que fue rechazado el Criterio 5 en los términos del proyecto, consejeras y consejeros electorales, se consulta si se aprueba en lo particular la propuesta de la primera parte de la Consejera Rita Bell, que señala que en caso de que ninguna mujer obtenga votos en el distrito judicial electoral se declare desierto el cargo y se someta a votación en el proceso de 2027.

Procedo a la votación de la propuesta de manera nominal a quienes se encuentran virtualmente.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Ahora lo someto a quienes se encuentran en esta sala.

¿A favor?

¿En contra?

Consejera Presidenta, le informo que hay ocho votos en contra y tres a favor.

Ahora, consejeras y consejeros electorales, con relación al Criterio 5, segunda parte, someto a su consideración en los términos del proyecto.

Procedo a tomar la votación en los términos del proyecto a quienes se encuentran virtualmente.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Procedo a quienes se encuentran en esta sala.

¿A favor?

¿En contra?

Consejera Presidenta, le informo que hay nueve votos en contra y dos a favor.

Consejeras y consejeros electorales, se consulta si se aprueba en lo particular la propuesta de la segunda parte del Criterio 5, hecha por la Consejera Dania Ravel, que señala que si en todo el Circuito Judicial no se emitiera votos a favor de mujeres en determinada especialidad, en esos casos será procedente una elección extraordinaria en donde se postulen únicamente mujeres a los cargos en disputa.

Procedo a tomar la votación en los términos del proyecto de manera nominal a quienes se encuentran virtualmente.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: En contra de la propuesta.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Ahora procedo a tomar la votación a quienes se encuentran en esta sala.

¿A favor?

¿En contra?

Consejera Presidenta, le informo que hay siete votos en contra y cuatro a favor.

Ahora, consejeras y consejeros electorales, ya que no se aprobó la propuesta anterior, se consulta si se aprueba en lo particular la propuesta de la segunda parte del Criterio 5 hecha por el Consejero Arturo Castillo que señala que, en caso que en todo el Circuito Judicial no se emitiera votos a favor de mujeres en determinada especialidad, estos cargos se asignen a las personas que obtengan el mayor número de votos.

Procedo a tomar la votación en los términos del proyecto de manera nominal.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Perdón, Secretaria.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: No entendí la propuesta, sí.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Sí, quisiera que aclarara más, incluso si es compatible con la votación inicial del Criterio 5.

Gracias, que fue negativo. Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Ya no existe esta posibilidad de votación, según yo, está desaparecido el Criterio 5, ya no existe ¿no? tiene razón el Consejero Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Perdón, yo planteé esto como una pregunta…

Presidenta, perdóneme, estoy tomando la palabra sin su venia todavía.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Adelante, Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Gracias, y discúlpeme.

Yo pregunté si, bueno, pedía que se revisara si era compatible porque depende de cómo se formule la propuesta alternativa, cuando se rechaza una regla determinada, en este caso, si hay una alternativa, esa podría una vez que se rechaza la originaria, podría someterse a aprobación la segunda.

Para estar seguro de ello, le rogaría si explicara los términos precisos de esa alternativa que propone Consejero Castillo, porque podría no ser compatible, a mí no me queda claro.

Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, consejero.

Consejera Claudia Zavala.

Consejera del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez: Gracias, Presidenta.

Es que ya sería innecesario porque el Criterio 2 atiende criterios en este sentido, entonces, lo que desaparece es lo que ya no existe que es el Criterio 5, pero todo lo demás supuestos están regulados de los criterios 1 al 4, ya no sería necesario tomar esa… adoptar ese criterio, hay que seguir a los cuatro anteriores.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Así es.

Sí, gracias.

Continuamos con el criterio 4.

El Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: Claro, no, nada más para comentar justo, precisar este tema, o sea, yo estaba haciendo una propuesta en caso de nada más para la segunda parte del criterio que es un supuesto distinto a la primera, o sea, la primera te permite compensar en caso de que en los distritos no haya votos a favor de una mujer, pero que en el Circuito sí lo haya.

El segundo criterio es en el caso de que en la totalidad del Circuito no exista un solo voto para ninguna mujer, se proponían dos consecuencias que ya fueron rechazadas: una, declararlo vacante para que se renueve en el 2027 que se rechazó; la otra era irnos a elección extraordinaria, que también fue rechazada.

El tema aquí es, si no existe ningún voto para ninguna mujer en todo el Circuito, caso hiper improbable, peor vaya, si lo estamos regulando, mi propuesta es: no puedes dejar sin elegir un cargo, tienes que poner a alguien y tiene que ser quien obtuvo un número de votos adecuado para ello.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Ya, ya se votó, ¿no?, yo coincido totalmente con la Consejera Zavala.

Pasamos al Criterio 4, Secretaria.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Como lo indica.

Ahora, consejeras y consejeros electorales, con relación a los requerimientos de información o aclaración, someto a su consideración en primer momento, en los términos del proyecto.

Procedo a tomar la votación en los términos del proyecto, de manera nominal, a quienes se encuentran virtualmente.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: A favor en los términos del proyecto.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Ahora procedo a tomar la votación a quienes se encuentran en esta sala, a favor.

¿En contra?

Consejera Presidenta, le informo que hay seis votos en contra y cinco a favor.

Toda vez que fue rechazado lo relativo a los requerimientos de información o aclaración, en los términos del proyecto, consejeras y consejeros electorales, se consulta si se aprueba en lo particular la propuesta de la Consejera Presidenta, que propone que se elimine lo relativo a los requerimientos de información o aclaración.

Procedo a tomar…

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: ¿Quién está?

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Si me permite.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Gracias, adelante Consejero Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Sí, es que yo entendí que había una propuesta alternativa de la consejera Dania, de hacer… a ver, yo quiero aclarar mi voto, aunque tal vez ya sea demasiado tarde, pero vale la pena en todo caso, por claridad.

Yo voté en contra de como viene el proyecto, pensando en la alternativa, tal vez no entendí con claridad, no fue planteada con claridad la disyuntiva.

A ver, había una alternativa de ningún requerimiento, yo no pensé en ella; había la alternativa, la que planteó la consejera Dania.

Entonces no sé si deba aclararse esto.

Gracias.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Consejera Dania Ravel.

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: Gracias, Presidenta.

Únicamente para tratar de darle claridad a la duda que planteó el Consejero Rivera.

Desde el inicio de estas votaciones la Secretaria Ejecutiva mencionó cómo se iban a someter a votación las propuestas, y en este caso específico de los requerimientos dijo “primero lo voy a someter a votación en sus términos; en caso de no ser aprobado, voy a someter a votación lo que propuso la Consejera Presidenta, que es la eliminación; y si no, voy a someter a votación la propuesta de la Consejera Ravel”, o sea, todavía falta para que lleguemos a ésta.

No se ha sometido a votación todavía la eliminación, solamente en sus términos, falta que se agoten las otras votaciones que ya había mencionado la Secretaria Ejecutiva cuando iniciamos la votación de este tema.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Sin embargo, mi propuesta es la eliminación de estos requerimientos; por lo tanto, pasaría, al no ser aprobado como viene en el acuerdo, queda automáticamente eliminado, ¿no?, el criterio.

Consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas: No, discúlpeme, pero esta discusión ya la hemos tenido varias ocasiones, incluso en una también con el Consejero Uuc-kib cuando él tenía una propuesta diversa y dijimos claramente, más allá de que dijo cómo se iba a votar la Secretaria Ejecutiva en este caso, dijimos claramente “cuando no se someta expresamente a eliminación la propuesta”, entonces se da por entendido que no se ha eliminado todavía, solamente no se está de acuerdo en los términos como está redactado el proyecto, pero no se ha sometido a votación la eliminación, no se ha aprobado la eliminación.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muy bien.

Adelante con la votación, Secretaria.

¿Queda suficientemente claro para efectos de votación, Consejero Rivera?

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: A ver, me parece que debe someterse a votación la propuesta de la consejera Dania y, en su caso, la otra votación, la de la Consejera Presidenta; bueno, en el orden en que fueron presentados, si se quiere, pero, es decir, no se aprobó la primera en sus términos y hay por lo menos dos alternativas. Creo que deberían votarse ambas.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muy bien.

Adelante.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Continúo.

Toda vez que fue rechazado lo relativo a los requerimientos de información o aclaración en los términos del proyecto, consejeras y consejeros electorales, se consulta si se aprueba en lo particular la propuesta de la Consejera Presidenta que propone que se elimine lo relativo a los requerimientos de información o aclaración.

Procedo a tomar la votación de la propuesta de manera nominal a quienes se encuentran en línea.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Ahora lo someto a su consideración a quienes se encuentran en esta sala.

¿A favor?

¿En contra?

Consejera Presidenta, le informo que hay seis votos en contra y cinco a favor.

Toda vez que fue rechazada la propuesta anterior, consejeras y consejeros electorales, se consulta si se aprueba en lo particular la propuesta de la Consejera Dania Ravel que señala que se realizarán hasta dos requerimientos y en caso de que no sean atendidos se realizará un sorteo para descartar candidaturas de hombres hasta ajustar las listas.

Procedo a la votación de manera nominal a quienes se encuentran virtualmente.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: En contra.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

A quienes se encuentran en esta sala.

¿A favor?

¿En contra?

Consejera Presidenta, le informo que hay seis votos en contra y cinco a favor.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: Gracias, Secretaria.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Continúo.

Ahora, consejeras y consejeros electorales, con relación a la sustitución de candidaturas, someto a su consideración en primer momento en los términos del proyecto.

Procedo a tomar la votación en términos del proyecto a quienes se encuentran virtualmente.

Consejero Arturo Castillo.

Consejero del INE, Arturo Castillo Loza: A favor en términos del proyecto.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Consejero Martín Faz.

¿Me escucha, consejero Martín Faz?

Consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora: Con el proyecto, a favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Consejero Jaime Rivera.

Consejero del INE, Jaime Rivera Velázquez: A favor.

Secretaria Ejecutiva del INE, Claudia Arlett Espino: Gracias.

Procedo con la votación a quienes se encuentran en esta sala, a favor.

¿En contra?

Consejera Presidenta, le informo que se aprueba con seis votos a favor y cinco en contra.

Concluye la votación.

Consejera Presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala: Muchísimas gracias, Secretaria.

Una vez agotado el punto del orden del día, señoras y señores consejeros electorales, agradezco a todos ustedes su presencia.

Buenas tardes.

Se levanta la sesión.

Texto y Foto: Instituto Nacional Electoral