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Comisión aprueba dictamen que plantea medidas para combatir el turismo sexual infantil
La Comisión de Turismo, que preside la diputada Tania Palacios Kuri (PAN), aprobó, por 20 votos a favor, el dictamen que reforma el artículo 58 de la Ley General de Turismo, a fin de requerir a los turistas que sean acompañados por menores de edad acrediten el parentesco, patria potestad o tutela o guarda y custodia que tengan con los menores o, en su caso, su mayoría de edad a través de documentos oficiales.
Propone iniciativa eliminar normas que criminalizan el aborto voluntario
Ciudad de México, 23 de noviembre de 2024
Diputadas y diputados de MC buscan reformar, adicionar y derogar la Ley General de Salud y el Código Penal Federal
Contemplan garantizar servicios de salud sexual y reproductiva, aborto seguro, así como planificación familiar y anticoncepción
A fin de incluir como materia de salubridad general y servicios básicos, la salud sexual y reproductiva, el aborto seguro, la salud materna, perinatal, neonatal e infantil, la planificación familiar y la anticoncepción, así como eliminar normas que criminalizan el aborto voluntario, diputadas y diputados de MC plantean reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.
La iniciativa, enviada a las comisiones unidas de Salud y de Justicia, busca derogar lo señalado en el artículo 332 del Código Penal que establece que “se impondrá de seis meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurren tres circunstancias: que no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo y que éste sea fruto de una unión ilegítima, y faltando alguna de las circunstancias mencionadas se le aplicarán de uno a cinco años de prisión”.
Considera el aborto como la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana del proceso de gestación. Para los efectos del Código Penal Federal el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.
En la Ley General de Salud crea un capítulo sobre servicios de aborto seguro, cuya finalidad es la protección de la vida y la salud física y mental de las mujeres embarazadas o personas gestantes que decidieron no continuar con su embarazo, o que se encuentran en la necesidad de interrumpirlo por alguno motivo.
Precisa que a partir de la décima tercera semana de gestación, las mujeres embarazadas o personas gestantes podrán solicitar la interrupción, cuando signifique riesgo para su vida o salud física o mental, sea resultado de violencia sexual o alguna técnica de inseminación artificial no consentida, se hayan diagnosticado alteraciones genéticas o congénitas, negado a interrumpir el embarazo en las primeras 12 semanas u omitir informar del derecho a interrumpirlo de manera legal y segura.
Hace mención que los servicios de aborto seguro comprenden la inducción de un aborto o interrupción del embarazo, así como consejería médica, psicológica y social, atención médica de urgencia en respuesta a cualquier efecto secundario o complicación y atención de aborto espontáneo.
Destaca que todas las personas e instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud deberán brindar los servicios de aborto seguro.
Establece que la salud reproductiva es un estado general de bienestar, físico, mental y social, que trasciende la mera ausencia de enfermedades o dolencias, en todos los aspectos relacionados con of sistema reproductivo y sus funciones y procesos.
Incluye la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos, y señala que los servicios que se brinden en la materia son un medio para que todas las personas, individualmente, puedan elegir procrear o no hacerlo, cómo y en qué momento, y con qué frecuencia, de forma que se les garantice plenamente el ejercicio de su autonomía reproductiva.
La prevención de los embarazos no deseados y/o de los no planeados, especialmente entre la población adolescente será un objetivo prioritario del Sistema Nacional de Salud, así como reducir el índice de embarazos no deseados y/o no planeados, especialmente entre la población adolescente.
Plantea eliminar la referencia sobre la objeción de conciencia del personal médico y de enfermería.
Las y los diputados de MC argumentan que la prohibición del aborto es una de las formas más dramáticas en la que se sostienen prejuicios, dogmas e inercias obsoletas contra la autonomía de las mujeres. La penalización del aborto afecta especialmente a las mujeres que enfrentan un embarazo no deseado en situaciones diversas de vulnerabilidad, que se debaten entre un futuro precario y la intervención riesgosa, que además acarrea el riesgo de la cárcel.
Suscriben la iniciativa Patricia Mercado Castro, Anayeli Muñoz Moreno, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, María de Fátima García León, Pablo Vázquez Ahued, Laura Hernández García, Irais Virginia Reyes De la Torre, Laura Irais Ballesteros Mancilla, Sergio Gil Rullán, Patricia Flores Elizondo, Jorge Alfredo Lozoya Santillán, Raúl Lozano Caballero, Juan Ignacio Samperio Montaño, Gibrán Ramírez Reyes, Claudia Gabriela Salas Rodríguez, Amancay González Franco, Gildardo Pérez Gabino, Juan Armando Ruiz Hernández y Miguel Ángel Sánchez Rivera.