Diputadas y diputados establecen la responsabilidad de acoso sexual y hostigamiento de personas servidoras públicas

Ciudad de México, 17 de febrero de 2026

Por unanimidad de 448 votos, modifican la Ley General de Responsabilidades Administrativas

El dictamen fue remitido al Senado para sus efectos constitucionales 

Durante la sesión vespertina de este martes, diputadas y diputados de Morena, PAN, PVEM, PT, PRI y MC ratificaron, con la unanimidad de 448 votos, el dictamen que adiciona los artículos 64 Quáter y 64 Quintus a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para establecer la responsabilidad de acoso sexual y hostigamiento de personas servidoras públicas.

El artículo 64 Quáter señala que será responsable de acoso sexual la persona servidora pública que ejerza acciones, comportamientos, expresiones físicas o verbales, o cuestionamientos de tipo sexual, con el fin de causar perjuicio a una persona.

Mientras que en artículo 64 Quintus se estipula que incurrirá en hostigamiento la persona servidora pública que, valiéndose de su posición jerárquica, ejerza acciones, comportamientos, cuestionamientos, expresiones físicas o verbales reiteradas con fines sexuales, ofensivos o degradantes, con el fin de causar perjuicio a una persona que se encuentre bajo su subordinación.

El documento, turnado al Senado para sus efectos constitucionales, argumenta que el acoso sexual y el hostigamiento genera graves daños a la víctima, tanto a nivel individual como social y laboral. Estas conductas violan derechos fundamentales, afectan la integridad física y psicológica, y generan un ambiente laboral hostil y perjudicial.

Asimismo, destaca la importancia de asegurar la congruencia del entramado normativo que regula el comportamiento ético de los servidores públicos y particulares, dentro de las instituciones públicas.

Será una razón de despido en el servicio público

La diputada Lilia Aguilar Gil (PT), promovente de la reforma, enfatizó que el dictamen tiene como objetivo específico establecer el hostigamiento y el acoso sexual laboral como una falta administrativa grave; es decir, que será una razón de despido en el servicio público. “Los hostigadores pasaban de un trabajo en la función pública a otro y se volvía una práctica continua y constante”.

Hoy, agregó, esta inclusión del acoso y el hostigamiento como una falta administrativa grave que cause el despido, obliga a la inscripción en el Sistema Nacional de Servidores Públicos y que se encuentra sancionada en la Plataforma Digital Nacional; se evita que las personas agresoras puedan volver a ser contratadas. Además, las instituciones públicas tendrán la obligación de checar ese padrón y no contratar a nadie sin el requisito de que no sean hostigadores ni acosadores.

Sostuvo que el acoso y hostigamiento se da a cualquier nivel jerárquico, pero sobre todo sucede en contra de las mujeres, ya que el 90 por ciento de ellas lo padecen. 

El hostigamiento no solamente se vale de la posición jerárquica, sino que utiliza la superioridad física en muchas ocasiones que tienen que ver con la fuerza masculina y con el miedo o amenazas, “y aunque solamente el dos por ciento se atreven a denunciar, esta reforma pretende que sean más personas las que puedan hacerlo”, puntualizó la legisladora.

Texto y Fotografía: Cámara de Diputados