Reforma al Código Penal Federal en materia de abuso sexual, es una redefinición clara de cómo debe protegerse la dignidad, la libertad y la integridad de las personas

Ciudad de México, 18 de febrero de 2026

La justicia no puede quedar condicionada al temor de quien ha sufrido una agresión, subrayó el diputado Julio César Moreno.

Con esta modificación se clarifica la definición del delito de abuso sexual, incorporando expresamente conductas como tocamientos, caricias, roces corporales, indicó la diputada Julieta Vences.

El Pleno de la Cámara de Diputados avaló por 431 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, en lo general y en lo particular, el dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que reforma los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, en materia de abuso sexual.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Julio César Moreno Rivera, presidente de la Comisión de Justicia e integrante del Grupo Parlamentario de Morena señaló que los actos de abuso sexual, que es una de las violencias más extendidas, más silenciadas y más devastadoras, fue durante mucho tiempo una conducta minimizada, malinterpretada y hasta normalizada.

En ese sentido, indicó que esta reforma al artículo 260 del Código Penal Federal, representa un cambio profundo, necesario y urgente. “Es una redefinición clara de lo que el Estado mexicano reconoce como abuso sexual y de cómo debe protegerse la dignidad, la libertad y la integridad de las personas”.

Destacó que la ley deja atrás ambigüedades y establece que el abuso sexual comprende cualquier acto sexual realizado sin consentimiento: tocamientos, caricias, toces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. Agregó que la conducta se define con precisión para evitar vacíos legales que históricamente han favorecido la impunidad.

Además, la reforma coloca al consentimiento en el centro de la norma. Explicó que el consentimiento debe ser libre, voluntario y plenamente válido. No existe consentimiento cuando la voluntad ha sido anulada o viciada mediante violencia, intimidación, engaño, amenazas, abuso de confianza, abuso de autoridad o cualquier situación de vulnerabilidad.

“Ahora, con esta reforma, el Código Penal Federal lo dice con absoluta contundencia: el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física jamás podrán interpretarse como consentimiento”, indicó.

Moreno Rivera manifestó que se tiene una protección efectiva al establecer que este delito se perseguirá de oficio, ya que el Estado asume su responsabilidad sin depender exclusivamente de la denuncia.

Esta reforma también fortalece la certeza jurídica, porque brinda reglas claras a las autoridades investigadoras, a los jueces y para las propias víctimas, ya que reduce los márgenes de interpretación arbitraria y alinea la legislación con estándares internacionales en materia de derechos humanos, dignidad humana y autodeterminación sexual.

“Muchas víctimas no denuncian por miedo, por vergüenza, por amenazas o por desconfianza. La justicia no puede quedar condicionada al temor de quien ha sufrido una agresión”, sostuvo.

En ese marco, la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, presentó la fundamentación por parte de la Comisión de Igualdad de Género. Durante su intervención, subrayó que esta reforma constituye un paso firme para fortalecer la justicia y enviar un mensaje claro de que la violencia sexual no puede seguir siendo minimizada ni por la sociedad ni por el Estado, al tiempo que expresó un mensaje de respaldo a las víctimas bajo el lema “yo sí te creo”.

La legisladora destacó que la reforma responde a una realidad que han enfrentado miles de mujeres y niñas en el país, y enfatizó que con esta modificación se amplía y clarifica la definición del delito de abuso sexual, incorporando expresamente conductas como tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales.

Asimismo, señaló, coloca el consentimiento en el centro de la tipificación, estableciendo que no existe cuando mediante violencia, intimidación, engaño, abuso de confianza o de poder, o cualquier circunstancia que anule la voluntad de la persona, trasladando con claridad la responsabilidad al agresor.

Entre los aspectos relevantes del dictamen, señaló que “el delito de abuso sexual será perseguido de oficio, lo que fortalece la actuación del Estado mexicano y evita que la acción penal dependa exclusivamente de la denuncia de la víctima”. Además, se ajustan las penas para establecer sanciones de tres a siete años de prisión, con una base de cinco años, así como la obligación de reparar integralmente el daño e implementar medidas que prevengan la repetición, incluyendo cursos con perspectiva de género orientados a transformar las conductas que por años han sido normalizadas.

Finalmente, la diputada resaltó que la reforma amplía y robustece las agravantes, reconociendo situaciones como el abuso de poder, el uso de sustancias para anular la voluntad de la víctima y los contextos de vulnerabilidad. Afirmó que este avance legislativo contribuye a erradicar el estigma que responsabiliza a las víctimas y reafirma el compromiso del Estado mexicano con una vida libre de violencia para mujeres, niñas y adolescentes, bajo el principio de que el abuso sexual no se justifica y quien lo comete debe enfrentar las consecuencias legales correspondientes.

Texto y Fotografía: Cámara de Diputados