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México no está exigiendo una revocación de mandato, lo que demanda son medicinas y seguridad: diputada Kenia López Rabadán
Luego de advertir que el posible rechazo a la revocación de mandato refleja la realidad que vive el país, la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Kenia López Rabadán, afirmó que en México nadie está exigiendo revocar el mandato de la titular del Ejecutivo, lo que demanda son mejores condiciones de vida.
Diputadas y diputados aprobaron reformas a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Ciudad de México, 25 de marzo de 2026
La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; se devolvió al Senado para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.
En lo general, se avaló con 331 votos a favor, 120 en contra y cero abstenciones, y en lo particular por 328 votos a favor, 119 en contra y cero abstenciones, y con los cambios aceptados por el Pleno a los artículos 19 y 53.
El dictamen prevé que el juicio sumario se resuelva en un plazo máximo de seis meses previsto para los juicios administrativos en materia tributaria. Incrementa la cuantía de la procedencia del juicio en la vía sumaria para pasar de resoluciones cuyo importe no exceda de quince veces la Unidad de Medida y Actualización vigente elevada al año.
Detalla plazos máximos de actuación para las magistradas y magistrados instructores del juicio contencioso administrativo federal, así como plazos máximos para la presentación de promociones de las partes. Hace mención de las reglas y plazos para la práctica de las notificaciones que se realizan a las personas particulares y a las autoridades por medio del Boletín Jurisdiccional. Contempla un lenguaje incluyente.
Indica que salvo que alguna disposición de esta ley establezca un plazo diverso, el acuerdo o resolución que deba recaer a toda promoción presentada ante el Tribunal ya sea por escrito ante la Sala o, en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea, deberá emitirse en un plazo no mayor a cinco días siguientes a la fecha de su presentación.
Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, diputado Julio César Moreno Rivera (Morena), Moreno Rivera resaltó que la reforma fortalece el juicio sumario para que más asuntos puedan resolverse por una vía más rápida, sin sacrificar legalidad ni el debido proceso, lo cual permitirá desahogar cargas del Tribunal y, al mismo tiempo, dar respuesta más oportuna a las y los justiciables. “En otras palabras: menos trámites interminables y más soluciones prontas para la ciudadanía”.
El objetivo, dijo, es que el juicio en la vía sumaria se resuelve en un plazo máximo de seis meses, lo que significa que “una persona que enfrenta un acto de autoridad que considera injusto o ilegal, ya no tendrá que esperar años atrapada en la incertidumbre”.
Significa que cualquier ciudadana o ciudadano que imponga una multa, una resolución fiscal, una sanción administrativa o la negativa de un derecho, tendrá una respuesta en un tiempo razonable. Significa que la justicia deje de ser sinónimo de desgaste, de espera interminable y de costos innecesarios, subrayó.
Precisó que el dictamen a la minuta establece plazos claros para las actuaciones del Tribunal y para el desarrollo del juicio. Donde antes había vacíos ahora habrá tiempos definidos, donde antes había dilación ahora habrá orden, donde antes había incertidumbre ahora habrá certeza jurídica. “Eso es fundamental, porque una justicia sin tiempos claros termina siendo una justicia que no llega”.
Otro beneficio directo para la población es la modernización del sistema en línea, ya que no se puede seguir pensando que el acceso a la justicia depende de quien vive cerca de un tribunal. “Con esta reforma –recalcó– se fortalecen los medios electrónicos, las notificaciones más ágiles y la posibilidad de comparecer en línea, lo que reduce traslados, tiempo, costos y cargas administrativas”.
Consideró que tal situación beneficia a pequeños contribuyentes, emprendedores, personas de escasos recursos y ciudadanos que viven lejos de las sedes jurisdiccionales.
Además, hay un beneficio institucional que impacta directamente a la gente al fortalecer la calidad del procedimiento, ya que los expedientes se integrarán mejor, porque las etapas del juicio son más claras y a cada autoridad se le establece exactamente qué debe hacer y en qué plazo, y se reducen errores, se evitan maniobras dilatorias y se mejora la calidad de las resoluciones.
Hizo notar que la reforma no debilita derechos; al contrario, busca que el derecho de acceso a la justicia deje de ser un principio abstracto y se convierta en una realidad concreta. “Fortalecer el juicio contencioso administrativo no significa cerrar puertas, significa hacer que esas puertas funcionen mejor, con más claridad, con más rapidez y con mayor certidumbre para las personas”.
Puntualizó que hoy se tiene la oportunidad de dar un paso firme hacia una justicia administrativa más eficiente, transparente, moderna y, sobre todo, más humana, una justicia que le sirve a la ciudadanía, que reduce tiempos, que dé certidumbre a las familias, a las y los contribuyentes, a los emprendedores, a quienes generan empleo y a aquella toda persona que exige legalidad frente a la autoridad.
“Se está ante una reforma necesaria, útil y profundamente justa; una reforma que hace valer en los hechos el mandato del artículo 17 constitucional: que la justicia sea pronta, completa, imparcial y verdaderamente accesible para todas y todos. Esta reforma forma parte de esa obligación constitucional”.
Dictamen
El párrafo segundo del artículo 19 quedó: Cuando la persona demandante haya ejercido su opción de tramitar el juicio en la vía tradicional, la autoridad demandada o la persona que tenga el carácter de tercera podrán comparecer en el juicio y presentar sus promociones a través del sistema de justicia en línea, o bien, en su caso, a través de la herramienta digital que para tal efecto establezca el Tribunal, sin que sea necesario que se exhiban copias para traslados”.
En tanto, en el párrafo tercero se estableció que: La sala dispondrá lo conducente para que se impriman y certifiquen las constancias de las actuaciones que presente la autoridad o el tercero a fin de que se integren al expediente del juicio en la vía tradicional. En este caso, los traslados a las partes se notificarán a través del sistema de justicia en línea, o bien, de ser el caso, a través de la herramienta que para tal efecto establezca el tribunal.
Se adicionó un cuarto párrafo que señala: Tratándose de documentos digitales se deberá manifestar bajo protesta de decir verdad la naturaleza de los mismos, especificando si la reproducción digital corresponde a una copia simple, una copia certificada o al original, y tratándose de esta última si tiene o no firma autógrafa. La omisión de la manifestación presume en perjuicio solo del promovente, que el documento digitalizado corresponde a una copia simple.
En cualquier caso, la persona magistrada instructora excepcionalmente podrá requerir fundada y motivada, si lo estima necesario, la exhibición física de los documentos de que se trate lo anterior sin que se prejuzgue sobre el valor de los documentos.
También se adicionó un quinto párrafo para quedar así: Lo dispuesto en los párrafos segundo, tercero y cuarto de este artículo no será aplicable para los expedientes administrativos que hubieren sido ofrecidos por la persona actora en los términos del artículo 14, fracción quinta de esta ley, mismos que deberá ser exhibidos a través de la oficialía de partes correspondientes.
Cuando alguna autoridad que deba ser parte en el juicio no fuese señalada por la persona actora como demandada de oficio, se le correrá traslado de la demanda para que la conteste en el plazo a que se refiere el primer párrafo de este artículo. Cuando las personas demandadas fueran varias, el término para contestar les correrá individualmente.
La reforma al artículo 63 quedó: sea de cuantía que exceda de 270 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la resolución de la emisión o sentencia, independientemente de si lo resuelto es cuestión de forma o de fondo.
Asimismo, se incluyó un artículo transitorio quinto: Lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 63 de la presente ley, en lo relativo a la procedencia del recurso de revisión en contra de las decisiones que resuelva la instancia de queja a que se refiere el artículo 58, fracción segunda de este ordenamiento, será aplicable en los juicios que inicien a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Justicia administrativa y fiscal pronta, expedita e imparcial
De Morena, el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo aseguró que el día de hoy tienen la oportunidad de dar un paso decisivo hacia la consolidación de una demanda histórica del pueblo de México: contar con una justicia administrativa y fiscal que sea verdaderamente pronta, expedita e imparcial. “Un Tribunal moderno y eficiente es la mejor garantía contra los actos arbitrarios y da certidumbre a quienes de verdad sostienen la economía de este país”.
Explicó que con la reforma se amplía la procedencia del juicio en la vía sumaria, se establecen plazos fijos para que las autoridades defiendan sus resoluciones, se moderniza y agiliza el sistema de justicia administrativa y fiscal y se actualiza el ordenamiento con un lenguaje incluyente y con perspectiva de género. Recordó que durante décadas la justicia administrativa se caracterizó por ser extremadamente lenta, lo que convirtió los procesos legales en una carga inaceptable para la ciudadanía.
Se legisla a favor de la autoridad
A su vez, el diputado del PAN, César Israel Damián Retes advirtió que están legislando a favor de la autoridad, defendiendo al SAT y dejando en el olvido a las familias y trabajadores de México. “Están cuidando al gobierno y se olvidan que se trata de servir a la gente”. Señaló que se debe realizar una ley para que los procesos sean más cortos y otorgar el recurso al Poder Judicial, a fin de que cuente con las herramientas necesarias.
Dijo que lo que están buscando es un recurso para que el SAT impida pagarles a las ciudadanas y a los ciudadanos; “vienen las declaraciones anuales de las personas físicas, antes el SAT te regresaba tu dinero, ahora pretenden que no te regrese ni un centavo”. Adelantó su voto en contra porque están del lado de las familias y lo que el país necesita es permitir a la gente salir adelante.
La reforma mejorará la defensa ante abusos de poder
A su vez, el diputado Carlos Arturo Madrazo Silva (PVEM) indicó que la justicia administrativa es una atribución primordial que implica garantizar que la actuación de la autoridad esté sujeta a la ley, respete el debido proceso y los derechos fundamentales. “En una democracia constitucional como la nuestra este sistema representa la primera línea de defensa de la ciudadanía frente a posibles abusos de poder” y el dictamen a discusión, enfatizó, representa un paso firme y necesario hacia una mejora en la materia.
Indicó que la reforma consolida el sistema de justicia en línea y que la digitalización de los procedimientos tendrá un impacto favorable, pues puede reducir hasta en 30 o 40 por ciento los tiempos de gestión de trámites y los costos para las partes involucradas, lo que significa una justicia más cercana, ágil e incluyente, especialmente para quienes se enfrentan a barreras de acceso geográficas o económicas.
Se busca un mejor acceso a la justicia administrativa
Mary Carmen Bernal Martínez, diputada del PT, se pronunció a favor del dictamen porque las reformas garantizan el derecho humano al acceso a la justicia y que esta sea pronta y expedita. Agregó que es función de las y los legisladores evolucionar hacia leyes que atiendan las necesidades de la sociedad.
Aseguró que se hace una homologación, se abordan algunas cosas que tienen que ver con lenguaje inclusivo y la paridad de género, no se quiere generar una distancia ni ampliar la brecha entre la autoridad y los ciudadanos, sino acortarla para que las y los ciudadanos tengan acceso a la justicia administrativa. Además, se debe evolucionar hacia los temas de la tecnología para que se tenga de manera fácil y genuina como un instrumento de defensa
La reforma restringe y condiciona la justicia administrativa
Del PRI, el diputado Emilio Suárez Licona anunció su voto en contra de la reforma por considerar que es regresiva y que, lejos de favorecer a la justicia administrativa, la restringe y condiciona, en perjuicio del Estado democrático y de derechos, vulnerando los derechos de las y los mexicanos.
Expresó que la modificación configura un modelo de celeridad que no descansa en condiciones de equilibrio, y profundiza las asimetrías existentes; reduce plazos, amplía requisitos e incrementa cargas para el particular, “sin corregir la desigualdad estructural que implica litigar frente al aparato administrativo y fiscal del Estado”.
Se requiere una justicia autónoma, independiente e imparcial
Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, diputado de MC, dijo estar en contra del dictamen e hizo referencia de que la materia administrativa no se sometió a la elección judicial porque es la que regula la relación entre los particulares y el gobierno, y es precisamente en los tribunales administrativos donde normalmente se le da la razón al gobierno y no al quejoso o al particular.
Añadió que hoy le están dando dos beneficios procesales adicionales a la autoridad. El primero, negar las suspensiones cuando se trata de actividades reguladas. Y el segundo, amplía los supuestos de procedencia del recurso de revisión fiscal. En Movimiento Ciudadano no vamos a quitar el dedo del renglón y seguiremos dando la batalla por una justicia autónoma, independiente e imparcial”.
La diputada Kenia López Rabadán, presidenta de la Mesa Directiva, informó que para la discusión en lo particular se presentaron propuestas de modificación a los artículos 1, 5, 6 Bis, 10, 17 Bis, 19, 21 Bis, 28, 34, 40 y 63 del proyecto de decreto.
Además, instruyó a que las propuestas de modificación registradas para su discusión en lo particular que no hayan sido presentadas en tribuna se inscriban íntegramente en el Diario de los Debates.