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No hay sanción a memes ni a la sátira política, sino al delito de fraude utilizando un logotipo de gobierno: Sheinbaum Pardo
Claudia Sheinbaum Pardo puntualizó que la reforma al artículo 403 Bis de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que fue aprobada por el Senado, no propone, en ningún artículo, sanciones a memes o a la sátira política, sino que tiene por objetivo evitar fraudes con el uso de herramientas de inteligencia artificial para replicar la imagen del Gobierno.
Comisión de Hacienda aprobó reformas a la Ley Aduanera para fortalecer los mecanismos de control frente a la subvaluación de mercancías
1 de octubre de 2026
En lo particular, determinó que “tratándose de hidrocarburos y petrolíferos se aplicará una multa del 50 al 100 por ciento del valor comercial de las mercancías”
La Comisión de Hacienda y Crédito Público aprobó el dictamen a la iniciativa presidencial que reforma la Ley Aduanera, para fortalecer los mecanismos de control aduanero frente a posibles prácticas de subvaluación de mercancías, proteger el interés fiscal y robustecer las facultades de comprobación de la autoridad, sin crear nuevas contribuciones.
El diputado Carol Antonio Altamirano (Morena), presidente de la Comisión, precisó que el documento deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, el pasado 8 de septiembre, y en los antecedentes se hace mención a iniciativas de diputados de Morena y PRI.
Destacó que se plantea eliminar el umbral del 50 por ciento que actualmente condiciona determinados embargos precautorios por diferencias entre el valor declarado y el valor de transacción de mercancías idénticas o similares.
También se establecen facultades de comprobación de oficio para las autoridades aduaneras cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares, determinado conforme a los artículos 72 y 73 de la Ley Aduanera.
Indicó que, en materia de embargo precautorio, se señalan dos supuestos: cuando la diferencia sea menor al 20 por ciento podrá solicitarse la sustitución mediante depósito en efectivo o cuenta aduanera de garantía, y cuando la diferencia sea igual o superior al 20 por ciento se podrá solicitar sustitución mediante depósito en efectivo.
En cuanto a la liberación de garantías, cuando el interesado acredite la legal estancia o tenencia de las mercancías, desvirtúe las causas del embargo o acredite que el valor declarado fue determinado conforme a la Ley, procederá la devolución de las mercancías y, según corresponde, la liberación de la garantía o devolución del depósito.
Además, dijo, se propone reducir del 50 al 20 por ciento el límite de diferencia de valor previsto en la presunción de infracción del artículo 177, fracción XII.
El dictamen fue aprobado en general por 27 votos a favor, 4 en contra y cero abstenciones y en lo particular con 32 votos a favor la reserva del diputado Carol Antonio al artículo 185 fracciones 1, 2 y 3. Y, con 27 votos en pro, uno en contra y cinco abstenciones, la inclusión de un artículo transitorio y la modificación del transitorio único.
Posicionamientos
El diputado Eduardo Castillo López (Morena) externó su postura a favor, por considerar que la reforma es importante ya que aborda el tema de aduanas. La apertura comercial necesita instituciones capaces de vigilar que todos compitan bajo las mismas reglas y ese es uno de los objetivos: el fortalecer la capacidad del Estado para detectar operaciones en las que las mercancías ingresan al país declarando valores artificialmente bajos. Además, combate la subvaluación, fortalece la revisión de mercancías y la recaudación, protege la industria nacional y mejora el control aduanero.
Por el PAN, la diputada Eva María Vásquez Hernández comentó que es necesario combatir la subvaluación, pero el problema es cómo se hace, ya que “combatir una conducta ilegal no debe ni puede significar crear un sistema en el que una empresa que cumple con la ley tenga que demostrar su inocencia después de que la mercancía le fue retenida. Se necesitan reglas muy claras. Requerimos una reforma que sea capaz de perseguir al que verdaderamente defrauda sin convertir al que cumple en un sospechoso permanente”.
Celia Esther Fonseca Galicia, diputada del PVEM, argumentó que el dictamen atiende la subvaluación de mercancías que puede presentarse cuando el valor declarado en una operación de importación es inferior al de transacción de mercancías idénticas o similares. En 2025, se registraron mil 349 operaciones que no actualizaron la causal de embargo y entre enero y agosto de 2026 se registraron mil 142 operaciones. “Hay que combatir estas prácticas, proteger los ingresos públicos, evitar ventajas indebidas y preservar condiciones equitativas de competencia”.
El diputado Reginaldo Sandoval Flores (PT) se manifestó a favor, porque la reforma busca fortalecer el control aduanero y contar con mejores herramientas para detectar y combatir la subvaluación de mercancías importadas. Con ello –agregó– se busca proteger la recaudación y evitar condiciones de competencia desfavorables para aquellos que cumplan correctamente con sus obligaciones y proteger el mercado nacional. “La reforma contribuirá a mejorar los mecanismos de control de las aduanas y reducir prácticas que afecten la recaudación”.
Para el diputado Yerico Abramo Masso (PRI) la reforma a la Ley Aduanera endurece los controles contra la subvaluación, pero genera graves riesgos operativos y sobrecostos para el comercio exterior, y el embargo precautorio automático permitiría retener mercancías por discrepancias mínimas de valor al eliminar el umbral previo del 50 y el establecido en 20 por ciento. “Todos los partidos políticos queremos una mejor agenda fiscal y de aduanas. Hoy es el momento de combatir la corrupción, disminuir la opacidad y fortalecer la competitividad”.
La diputada Patricia Flores Elizondo (MC) afirmó que la subvaluación debe combatirse; sin embargo, “estamos analizando nuestro voto” porque amplía la posibilidad de embargar mercancías sin incorporar garantías suficientes. Propuso controles verificables, decisiones trazables y responsabilidades claras. “México necesita aduanas eficaces, capaces de perseguir el fraude y facilitar el comercio legítimo. Necesitamos una reforma que proteja la recaudación, la industria nacional y la seguridad jurídica”.
Posturas a favor y en contra
La diputada Dolores Padierna Luna (Morena) resaltó que el objetivo es fortalecer el control aduanero y combatir la práctica de subvaluación “porque nos toca proteger el interés fiscal y nacional, no el particular”. La subvaluación representa un riesgo a la recaudación y a la competencia económica, y la mercancía extranjera compite con la nacional que sí paga impuestos.
Héctor Saúl Téllez Hernández, diputado del PAN, dijo estar de acuerdo en que la subvaluación sea atacada porque puede provocar una distorsión en el mercado; sin embargo, “la forma en que está propuesta la reforma no ayuda en los procesos diarios que vive el comercio exterior en el país; la metodología que se trata de imprimir no puede ayudar a que el comercio sea más ágil”.
En opinión del diputado Luis Armando Díaz (PT) el fortalecimiento del control aduanero puede combatir la indebida reducción de la recaudación y la generación de ventajas indebidas para determinados importadores, y se reconoce a quienes cumplen cabalmente con sus obligaciones de manera correcta. “Es importante legislar para erradicar las afectaciones a los productores nacionales”.
A su vez, el diputado Carlos Ventura Palacios Rodríguez (Morena) se manifestó a favor de que se escucharon las inquietudes y planteamientos de la ciudadanía, del sector aduanero y académicos, y dijo que las conclusiones de las audiencias han servido para presentar reservas y modificar el dictamen.
La diputada Claudia Rivera Vivanco (Morena) señaló que se debe lograr que la Ley Aduanera que se propone aprobar sea una herramienta no solamente recaudatoria y de control, sino que en un futuro próximo se convierta en una palanca política de industrialización que contribuya a elevar los encadenamientos productivos y cumplir con las metas del Plan México.
Finalmente, el diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas (Morena) llamó a acabar con la distorsión en el mercado y con la competencia desleal. “No puede haber una competencia justa cuando hay quienes construyen sus ventajas de mercado a partir del incumplimiento de la normativa; eso es hacer trampa y no lo podemos permitir”.
Discusión en lo particular
La reserva del diputado Carol Antonio al artículo 185 fracciones 1, 2 y 3 establece que “tratándose de hidrocarburos y petrolíferos se aplicará una multa del 50 al 100 por ciento del valor comercial de las mercancías”.
El diputado indicó que en dicho artículo se precisan consecuencias jurídicas diferenciadas cuando las infracciones recaigan sobre mercancías de hidrocarburos y petrolíferos, con el objeto de que la sanción aplicable mantenga una adecuada proporcionalidad respecto de la relevancia de las mercancías involucradas y de la afectación de dichas conductas al interés fiscal y al adecuado funcionamiento de los mecanismos de control aduanero.
También –explicó– se adiciona un transitorio segundo, a fin de fortalecer el modelo de control aduanero, basado en la identificación y gestión de riesgos, permitiendo concentrar las capacidades de fiscalización en las operaciones que representan un mayor riesgo para la correcta determinación y pago de contribuciones, dotando a la autoridad aduanera de las herramientas necesarias para combatir la subvaluación, la gravedad e impacto que esta actividad ilícita tiene sobre el mercado nacional y en la competitividad de las empresas.
Además, se modifica el transitorio único a transitorio primero; con ello, se cambia la entrada en vigor del presente decreto para contar con los tiempos necesarios para su conocimiento e implementación. La propuesta es que entre en vigor el 1 de enero 2027 y no el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El segundo transitorio quedó: “Lo dispuesto en el artículo 151, fracción VII del presente decreto será aplicable a las mercancías y conforme al procedimiento que se determinen en las disposiciones que para tal efecto emitan las autoridades aduaneras competentes.
Tratándose de mercancías distintas a las señaladas en el párrafo anterior, las autoridades aduaneras competentes, mediante las disposiciones que para tal efecto emitan, podrán determinar el porcentaje del valor declarado en el pedimento respecto del valor de transacción de mercancías idénticas o similares determinado conforme a los artículos 72 y 73 de esta Ley, que deberá considerarse para llevar a cabo el embargo precautorio de dichas mercancías.
“Las disposiciones a que se refiere el presente artículo deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de diciembre de 2026”.
Las diputadas y los diputados Patricia Flores Elizondo (MC), Yerico Abramo Masso (PRI), Reginaldo Sandoval Flores (PT), Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo (Morena), Héctor Saúl Téllez Hernández (PAN) y Tatiana Tonantzin P. Ángeles Moreno (Morena), presentaron reservas a los artículos 144, 151, 154, 155 y 177, así como a los transitorio primero, segundo y tercero, las cuales se pidió retirar, o bien no se admitieron a discusión y, por lo tanto, se desecharon.