Comisiones de Justicia y de Igualdad de Género fundamentan dictamen en materia de abuso sexual

Ciudad de México, 18 de febrero de 2026

El diputado Julio César Moreno Rivera (Morena), presidente de la Comisión de Justicia, y la diputada Julieta Kristal Vences Valencia (Morena), integrante de la Comisión de Igualdad de Género, expusieron los fundamentos del dictamen a la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, en materia de abuso sexual.

Detrás de esta discusión hay realidades dolorosas

El diputado Moreno Rivera mencionó que hoy se discute una decisión de Estado frente a una realidad que durante demasiado tiempo fue minimizada, mal interpretada o, peor aún, normalizada: “hablamos del abuso sexual, una de las violencias más extendidas, más silenciadas y más devastadoras que existen”.

La reforma al artículo 260 del Código Penal Federal –dijo– representa un cambio profundo, necesario y urgente; es una redefinición clara de lo que el Estado mexicano reconoce como abuso sexual y de cómo debe protegerse la dignidad, la libertad y la integridad de las personas.

Consideró que un gran avance es la claridad, ya que la ley deja atrás ambigüedades, establece que el abuso sexual comprende cualquier acto sexual realizado sin consentimiento, tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. “La conducta se define con precisión para evitar vacíos legales que históricamente han favorecido la impunidad”.

Subrayó que la reforma coloca el consentimiento en el centro de la norma. El consentimiento debe ser libre, voluntario y plenamente válido. “No existe consentimiento cuando la voluntad ha sido anulada o viciada mediante violencia, intimidación, engaño, amenazas, abuso de confianza, abuso de autoridad o cualquier situación de vulnerabilidad”.

Con esta reforma, explicó, el Código Penal Federal lo dice con absoluta contundencia: el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física jamás podrán interpretarse como consentimiento. “Este principio no es retórico, es una protección directa contra prácticas revictimizantes que durante años trasladaron la carga a la víctima, en lugar de centrarla en la conducta del agresor. Se tiene una protección efectiva al establecer que ese delito se perseguirá de oficio”.

Moreno Rivera destacó que el Estado asume su responsabilidad sin depender exclusivamente de la denuncia. Se fortalece la certeza jurídica, porque brinda reglas claras a las autoridades investigadoras, a los jueces y para las propias víctimas, ya que reduce los márgenes de interpretación arbitraria y alinea la legislación con estándares internacionales en materia de derechos humanos, dignidad humana y autodeterminación sexual.

Recordó que “detrás de esta discusión hay realidades dolorosas, personas que fueron tocadas sin consentimiento en el transporte público, niñas, adolescentes y mujeres que fueron obligadas a soportar actos que vulneraron su integridad, víctimas que no gritaron, que no pudieron resistir, que quedaron paralizadas por el miedo y cuyo silencio fue injustamente utilizado en su contra. Esta reforma corrige esta injusticia histórica. Con este voto cerraremos la brecha entre la norma y la realidad social”.

Es necesaria esta reforma

En tanto, la diputada Vences Valencia reconoció que con esta reforma se da un paso firme para fortalecer la justicia y mandar un mensaje claro a los ciudadanos de que la violencia sexual no puede seguir siendo minimizada por la sociedad ni por la ley y mucho menos por el Estado.

Comentó que la reforma, que modifica el artículo 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, nace de una realidad que han vivido o están viviendo miles de mujeres en nuestro país. La minuta, apuntó, representa un avance fundamental en cinco puntos: amplía la definición, con mayor claridad, del delito de abuso sexual, al reconocer expresamente que el abuso sexual incluye tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales.

Coloca el consentimiento en el centro, dado que la reforma establece de manera clara que no hay consentimiento cuando existe violencia, intimidación, engaño, abuso de confianza, abuso de poder o cualquier situación que anule la voluntad de la persona. Eso cambia totalmente el enfoque, ya que la responsabilidad ya no caerá en la víctima como hasta ahora, caerá en el agresor, en el que comete el delito, subrayó.

También, dijo, fortalece la actuación del Estado mexicano, al precisar que el delito de abuso sexual se perseguirá de oficio. Esto significa que ya no dependerá únicamente de la denuncia de la víctima.

Además, ajusta las penas de tal manera que ahora se tendrá no sólo una sanción de tres a siete años teniendo como medida la pena de cinco, sino que también se hará que el agresor repare de manera integral el daño y la implementación de medidas para evitar la repetición, y tener cursos con perspectiva de género.

Amplía y fortalece las agravantes, reconociendo así muchas de las actividades y actos que no se reconocían, que es el abuso de poder, cuando se utilizan sustancias como drogas sintéticas, el alcohol o medicamentos para anular la voluntad de la víctima, y se reconoce también cuando existe una situación de vulnerabilidad.

Hizo notar que la reforma está alineada con estándares internacionales, y con una exigencia legítima y “es que las mujeres puedan vivir con dignidad, que las mujeres puedan vivir con respeto, que nuestras mujeres puedan caminar por las calles, estar en sus centros de trabajo, en las escuelas, en sus hogares y vivir sin miedo, vivir libres de todo tipo de injusticias”.

Texto, Fotografía y Videos: Cámara de Diputados