Diario Oficial de la Federación publica reforma constitucional en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las Entidades Públicas

Ciudad de México, 10 de abril de 2026

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó en su edición vespertina el decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las Entidades Públicas, el cual entra en vigor mañana sábado 11 de abril.

El pasado 25 de marzo el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general -por unanimidad de 458 votos- y en lo particular, el proyecto de decreto que reforma el artículo 127 de la Constitución Política, en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas.

Indica que en cualquier caso, las jubilaciones o pensiones del personal de confianza a cargo de los organismos descentralizados, las empresas públicas del Estado, las sociedades nacionales de crédito, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales, todos del Gobierno Federal, así como los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria, las empresas públicas y los fideicomisos públicos, de las entidades federativas y de los municipios, no deberán exceder de la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente.

En consecuencia, el decreto publicado en la edición vespertina del DOF, es el siguiente:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5784617&fecha=10/04/2026#gsc.tab=0

Texto: Cámara de Diputados | Fotografía: Diario Oficial de la Federación