Entra en vigor reforma al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares que facilita el registro de personas mexicanas nacidas en el extranjero

Ciudad de México, 7 de junio de 2024

El decreto fue publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación

Este miércoles entró en vigor la reforma al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares para facilitar el registro de personas mexicanas nacidas en el extranjero, al eliminar la legalización consular o la apostilla.

El decreto, publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación, introduce un tercer párrafo en los artículos 314 y 1144 del mencionado código, para establecer que no será necesaria la legalización consular o la apostilla de documentos de nacimiento emitidos en el extranjero.

Esta medida se aplicará a documentos que acrediten la nacionalidad e identidad de personas mexicanas nacidas fuera del país o migrantes retornados, con el objetivo de simplificar el proceso de registro de nacimiento de las personas mexicanas nacidas en otras naciones.

El decreto aprobado en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2023 estipuló, en sus artículos transitorios, que estas modificaciones son efectivas al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Adicionalmente, que la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad, emitirá los lineamientos necesarios para autenticar los certificados de nacimiento extranjeros, asegurando su validez ante las autoridades del registro civil en México.

Este cambio legislativo busca facilitar el acceso a la identidad y nacionalidad mexicana para los hijos e hijas de personas mexicanas nacidas en el extranjero, eliminando barreras burocráticas y agilizando el proceso de registro civil.

La medida es especialmente relevante para las familias de migrantes que desean regresar a México y asegurar el reconocimiento oficial de sus hijos e hijas como ciudadanas mexicanas.

Texto y Foto: Cámara de Diputados