INE determina improcedente medida cautelar contra promocional de Morena

Ciudad de México, 3 de marzo de 2026

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió una solicitud de medida cautelar presentada por una persona con proyección pública en contra del partido político Morena, con motivo de la transmisión del promocional de televisión denominado POR EL BIEN. A juicio de la persona denunciante, dicho material presuntamente contiene la imputación de hechos falsos en su contra, por lo que solicitó la suspensión de su difusión.

Al respecto el colegiado determinó, por unanimidad de votos, que, bajo la apariencia del buen derecho, es improcedente ordenar la suspensión del promocional, toda vez que, no se advierte, la imputación de un hecho o delito falso, de manera directa en contra del denunciante.

Lo anterior, ya que, de un análisis preliminar se concluyó que las expresiones ahí contenidas forman parte de la opinión del emisor sobre temas de interés general, por lo que no existen elementos para determinar que la frase esté dirigida de manera inequívoca y directa al denunciante.

Sin embargo, las consejerías integrantes de la Comisión precisaron que esta decisión no implica que los partidos políticos puedan incluir en sus promocionales la imagen de cualquier persona, sino solamente de aquellas que puedan considerarse como personas privadas con proyección pública, en términos de los criterios que al efecto ha establecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); entendiendo por proyección pública, entre otros factores, su incidencia en la sociedad por su actividad política, profesión, trascendencia económica o relación social, así como su relación con algún suceso importante para la sociedad, como en el caso que acontece con el quejoso.

Texto y Fotografía: Instituto Nacional Electoral