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Debemos detener el dolor de las familias ocasionado por el reclutamiento forzado de niñas, niños y adolescentes para trabajar con el narco: Kenia López Rabadán
Luego de aseverar que el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes por parte del narcotráfico es un flagelo que debe detenerse porque causa mucho dolor a las familias mexicanas, Kenia López Rabadán, celebró el avance del dictamen que endurece las penas a quienes cometan este delito.
Senado de la República recibe iniciativa del Ejecutivo para fijar topes a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas
Ciudad de México, 3 de marzo de 2026
El Senado de la República recibió la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, para reformar el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de establecer un límite a los esquemas de jubilaciones y pensiones de las entidades públicas.
La propuesta, destaca el documento, busca fortalecer la coherencia del orden constitucional y la justicia en el uso de los recursos de la Nación.
El proyecto, que reforma el párrafo segundo, las fracciones II y III, y adicionan a la fracción IV del mismo párrafo segundo, los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 127, establece que ninguna persona servidora pública podrá recibir remuneración, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para la persona titular de la Presidencia de la República en el presupuesto correspondiente.
Además, estipula que estos trabajadores no podrán tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico; salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función.
“La suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo en el presupuesto correspondiente”, precisa la iniciativa.
Los cambios legales aclaran que en cualquier caso las jubilaciones o pensiones del personal de confianza a cargo de los organismos descentralizados, de las empresas públicas del Estado, las sociedades nacionales de crédito, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales del Gobierno Federal.
Así como los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria, las empresas públicas y los fideicomisos públicos de las entidades federativas y de los municipios, no deberán exceder de la mitad de la remuneración establecida para la persona titular de la Presidencia en el presupuesto correspondiente.
La iniciativa aclara que quedan excluidas de lo previsto en el segundo párrafo de esta fracción: las Fuerzas Armadas; las jubilaciones o pensiones que se constituyan a partir de las aportaciones voluntarias a los sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales; las jubilaciones o pensiones constituidas a partir de aportaciones sindicales en los sistemas de ahorro complementarios, y la pensión no contributiva a que se refiere el artículo 4o. de la Constitución.
Sin embargo, al tratarse de recursos públicos del Estado Mexicano, dicho límite será aplicable tanto a las jubilaciones o pensiones futuras como a aquellas que se hayan otorgado con anterioridad a la entrada en vigor del decreto de reforma.
“Lo anterior, no sólo se sustenta en el cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 134 constitucional sobre la administración de los recursos públicos, sino que también es coherente con una larga línea de precedentes constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece que las reformas a la Constitución General pueden válidamente operar sobre actos o hechos ocurridos en el pasado, sin que ello transgreda el principio de irretroactividad de la Iey”, se subraya en el proyecto.
La disposición constitucional referida se vincula de manera directa con el principio de austeridad republicana, el cual parte de la premisa que los recursos públicos deben destinarse al bienestar general, evitando la existencia de privilegios económicos en perjuicio de la sociedad, agrega la iniciativa.
La titular del Poder Ejecutivo Federal, Claudia Sheinbaum Pardo, dejó en claro que, en congruencia con los principios de austeridad, legalidad y responsabilidad financiera, esta iniciativa no elimina derechos ni desconoce pensiones y jubilaciones, sino que busca ordenar y armonizar dichos esquemas para garantizar que sean pensiones justas, sostenibles y acordes con una administración pública moderna y comprometida con el interés general.