Plantea iniciativa prohibir la publicación de ofertas de empleo falsas o engañosas

Ciudad de México, 9 de enero de 2026

⁠El diputado Armando Corona (Morena) pidió adicionar el artículo 3 Quáter a la Ley Federal del Trabajo

A fin de prohibir la publicación, difusión u ofrecimiento de vacantes u ofertas de empleo que contengan información falsa, inexacta, simulada o engañosa respecto de las condiciones reales del trabajo ofrecido, el diputado Armando Corona Arvizu (Morena) impulsa una iniciativa.

Pide adicionar el artículo 3 Quáter a la Ley Federal del Trabajo para considerar como oferta de empleo engañosa aquella en la que exista discrepancia sustancial entre lo anunciado y el trabajo efectivamente ofrecido, particularmente sobre el puesto o cargo a desempeñar, las funciones o actividades a realizar, el salario, forma o esquema de pago, la jornada laboral o modalidad de trabajo, y el tipo de contratación o prestaciones ofrecidas.

Propone que las personas físicas o morales que incurran en estas conductas serán sujetas a las sanciones previstas en esta ley, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas o civiles que resulten aplicables. 

En el documento, enviado a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, el diputado Corona Arvizu expone que, en un contexto de desaceleración económica, informalidad laboral y creciente competencia por los puestos de trabajo, las personas buscadoras de empleo enfrentan no solo la dificultad de acceder a una fuente de ingresos formal, sino también prácticas desleales y engañosas que lesionan su dignidad, su tiempo y sus recursos.

Refiere que en los últimos años el mercado laboral ha experimentado una transformación significativa derivada de la digitalización de los procesos de reclutamiento. Portales de empleo en línea, redes sociales, aplicaciones móviles y servicios de mensajería instantánea se han convertido en los principales canales para la difusión de vacantes laborales.

Menciona que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) más del 70 por ciento de las personas que buscan empleo en zonas urbanas utilizan medios digitales como su principal herramienta de búsqueda laboral.

Si bien estas plataformas han ampliado el acceso a oportunidades laborales, también han creado un entorno propicio para la proliferación de ofertas de empleo falsas, simuladas o engañosas, las cuales se publican sin verificación previa y con escasa o nula rendición de cuentas, subraya.

Estas prácticas, añade, consisten principalmente en anunciar vacantes con características específicas: puesto administrativo, salario fijo, jornada definida, contrato formal, que, al momento de presentarse la persona interesada, resultan ser actividades completamente distintas a las ofrecidas, como esquemas de venta por comisión, telemarketing agresivo, afiliaciones forzadas, trabajos puerta por puerta o incluso actividades sin relación laboral real.

Comenta que de acuerdo con portales especializados en empleo, como OCC Mundial y Computrabajo, una de las principales quejas de las personas usuarias es la existencia de vacantes engañosas que no corresponden con lo anunciado, e incluso la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha reconocido que la intermediación laboral informal y digital representa uno de los principales retos para garantizar condiciones de trabajo decente en el país.

Por ello, la iniciativa busca atender esta problemática desde una perspectiva de justicia laboral preventiva, reconociendo que el engaño laboral no comienza en el centro de trabajo, sino desde el primer anuncio.

“Al prohibir expresamente la publicación de ofertas de empleo falsas o engañosas, se protege a las personas buscadoras de empleo, se fomenta la ética en los procesos de reclutamiento y se fortalece la confianza en el mercado laboral”, precisa. 

Argumenta que su propuesta está dirigida a desalentar prácticas que afectan la productividad, la formalidad y la reputación del empleo en México, sin imponer cargas excesivas a las empresas que actúan con responsabilidad y buena fe, y establece un piso mínimo de transparencia que beneficia tanto a las personas trabajadoras como a los empleadores cumplidos.

Enfatiza que, en un contexto de transformación digital del trabajo, resulta indispensable que la legislación laboral evolucione para enfrentar los nuevos riesgos que surgen en el entorno en línea. “Regular y sancionar las ofertas laborales engañosas constituye una medida necesaria, proporcional y acorde con los estándares internacionales en materia de trabajo decente y derechos humanos”.

Texto y Fotografía: Cámara de Diputados