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T-MEC permanecerá y sobrevivirá a su revisión, asegura Marcelo Ebrard Casaubón
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) “va a permanecer y va a sobrevivir” y atraerá nuevas oportunidades para nuestro país, derivado del reajuste internacional que se vive, aseguró el secretario de Economía, Marcelo Ebrard Casaubón, ante el Pleno del Senado de la República.
El funcionario compareció en la Cámara de Senadores con motivo del Primer Informe de Gobierno del Ejecutivo Federal.
Entrevista al senador Enrique Inzunza Cázarez, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos en el Senado de la República
Ciudad de México, 15 de octubre de 2025
PREGUNTA: Pero usted dictaminará, ¿no?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Bueno, nosotros somos una de las… Bueno, en el Senado de la República las comisiones encargadas de la dictaminación fueron tres: Hacienda y Crédito Público, Justicia y Estudios Legislativos.
Evidentemente, en un sistema bicameral, como es el nuestro, lo que una cámara, actuando como cámara de origen, dictamina y aprueba, por supuesto, el Pleno, puede ser objeto de cambios, como ocurrió en este caso en la cámara revisora, que en este caso fue la Cámara de Diputados.
Tengo entendido que se plantearon tres reservas, las tres se aprobaron, allí tengo, al artículo 129, fracción XVI; al artículo 128, fracción III, y el tercero transitorio.
Ahora la Junta de Coordinación Política y la Mesa Directiva, porque hay dos posibilidades, determinará si esto lo vemos en comisiones o se dispensa la lectura y pasamos directamente al tema de análisis y deliberación en el Pleno.
No lo hemos definido en estos momentos, creo que estamos…
PREGUNTA: Oiga, senador, la modificación que hicieron en el tercero transitorio, ¿para usted implica retroactividad?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: No, fíjese que no.
A ver, lo ha explicado, lo explicó bien el ministro Zaldívar. Tratándose de leyes procesales, hay una línea jurisprudencial muy consolidada, viene prácticamente desde la quinta época, que las leyes procesales rigen una sucesión de etapas dentro de un juicio.
Las etapas que ya han ocurrido, quedan intocadas. Las etapas que están por suceder, se deberán regir por la ley del tiempo, tempus regit actum, es el aforismo latino; es decir, se rigen por la ley de su tiempo. Es decir, respecto de etapas aún no ocurridas, se aplicará el decreto de reformas, o sea, la ley reformada y eso es absolutamente indiscutible, no hay ninguna polémica, ninguna discusión.
PREGUNTA: Tiene jurisprudencia, incluso de la Corte.
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Sí, es jurisprudencia, pero además desde la quinta época.
Estamos hablando de jurisprudencia que tiene prácticamente 100 años, donde se ha entendido siempre que las leyes procesales actúan hacia el futuro, y que aplicarla para etapas aún no ocurridas no implica aplicación retroactiva.
Eso se clarifica en el transitorio. Para mi gusto, era innecesario clarificarlo, porque siempre ha estado claro, siempre.
PREGUNTA: Oiga, pero pónganos un ejemplo, digamos, si en este momento alguien está en trámite de juicio de amparo y tiene una suspensión, esa suspensión seguirá vigente.
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Claro.
PREGUNTA: Y únicamente aplicarán las nuevas leyes e impedirían una suspensión si no se cumplen los requisitos.
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Todas las etapas procesales que hayan tenido lugar y ya se hayan desarrollado y cerrado, quedan bajo la regulación de la legislación no reformada.
Las que no han ocurrido, ésas se van a regir por la ley reformada, eso es diáfano.
PREGUNTA: Me otorgan una suspensión provisional de amparo con la vieja ley, eso se queda en discusión para llegar al fondo del asunto. Entra en vigor la nueva ley…
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Mire, le explico, seguramente habrá casos muy claros de que se aplica la nueva ley; casos muy claros donde no se aplica la nueva ley; y casos que estarán en la zona gris, que haya dudas si se aplica la legislación anterior o la nueva. Eso ocurre siempre que hay reformas y le toca a los jueces definirlo.
Hay una mirada, innumerables casos, sería ahora imposible poder analizar todos los diferentes supuestos que se pueden dar, pero sin duda que los jueces tienen el criterio y la formación para decidir qué norma van a aplicar.
No debemos tener en eso ninguna duda, ninguna circunstancia que sea nueva. Eso ha ocurrido siempre que se reforman las leyes.
PREGUNTA: Si ahora goza de una suspensión, ¿puede ser que se me levante la suspensión?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: No, no, no.
PREGUNTA: Si yo tengo ahora una suspensión y, cuando entre en vigor la nueva ley, ¿esa suspensión seguirá vigente?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Sí, porque tiene un derecho adquirido ya. Ese acto ocurrió bajo el imperio de la ley antes de su reforma, en mi opinión.
Pero les dejaría las cosas de esta manera. Como lo dije ahora, hay casos muy claros donde no se aplicará la ley reformada, casos claros donde sí se aplicará y casos quizás que están en esa zona gris y eso lo van a definir los jueces, ¿con qué? Con los criterios que siempre han usado.
PREGUNTA: Pónganos un ejemplo, senador.
PREGUNTA: De la zona gris, por ejemplo.
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: No, les dije ahora que hay muchos supuestos.
PREGUNTA: Pues uno.
PREGUNTA: Pues uno.
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: No. Es imposible analizarlos todos y no quiero que se me malinterprete. Entonces, eso les corresponde a los jueces.
PREGUNTA: Por ejemplo, ¿una suspensión de amparo fiscal?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Si la suspensión ya está concedida, es un derecho adquirido. No se puede modificar por el solo hecho de la entrada en vigencia de la nueva ley. Esa es mi opinión como jurista. Pero son los jueces los que van a decidir caso por caso.
Tengamos confianza en el Poder Judicial. Para eso hicimos la Reforma Judicial. Bueno, aquí somos un cuerpo colegiado. Digamos que las opiniones personales, esas son personales.
PREGUNTA: Oiga, senador, desde su punto de vista, lo más sano para estas modificaciones, ¿que pasen por comisiones?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Ah, bueno, aquí somos un cuerpo colegiado. Digamos que las opiniones personales, esas son personales.
Miren, pero yo quisiera, ya que me dan la oportunidad, pues decir que esta es una gran, gran reforma. Estamos sentando las bases para la tramitación electrónica del juicio de amparo, lo que implica una ampliación del acceso a la justicia. Se podría llevar un juicio de amparo completo desde una terminal de un teléfono, desde una terminal de una computadora.
En el caso de la suspensión, históricamente, desde que nació el juicio de amparo, la suspensión ha admitido modulaciones, ajustes, que tienen que ver con las problemáticas que cada época de la historia ha tenido.
Hoy tenemos innegablemente una problemática asociada con el uso del sistema financiero para blanquear, para lavar dinero. Y eso, evidentemente, es una circunstancia que no estuvo valorada en los momentos en que se emitieron estas normas.
Ahora estamos buscando generar un equilibrio. ¿Entre qué? Pues entre el interés colectivo y el interés de cada persona en lo individual, como ha sido siempre el punto que se ha buscado al momento de reformar la Ley de Amparo. Creo que es una gran, gran reforma y creo que se ha hecho, digamos, una narrativa que no corresponde al contenido de la misma.
Finalmente, serán los jueces, magistrados, jueces y ministros los que tengan la última palabra a la hora de valorar los aspectos que puedan considerarse que tengan una arista a la hora de definir su aplicación, sea la ley procesal antigua o sea la nueva ley procesal ya reformada.
PREGUNTA: Oiga, senador, se ha cuestionado que la ley tiene dos cosas, que persigue una que tiene dedicatoria.
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: No, no tiene dedicatoria.
PREGUNTA: ¿No es eminentemente recaudatoria?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Rechazo que tenga dedicatoria. Una característica de la ley es que es general. Es una ley general, no tiene nombre, no tiene apellidos. Es para cualquier persona que se encuentre en el supuesto genérico de la norma.
PREGUNTA: ¿Recaudatoria también dice que puede ser?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: No, no es recaudatoria. Se les da instrumentos a las instituciones, por supuesto, para que se cumpla con una función que es constitucional también.
Y además quisiera rescatar una cosa. Es importante que las contribuciones que todos pagamos, la mayoría de la gente lo hacemos, usted; yo estoy seguro que nunca he ido a promover ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, o ante el tema de no pagar los impuestos. Todos lo hacemos.
En realidad, esta circunstancia atañe a grandes contribuyentes que han encontrado en la actual ley ciertos resquicios que les permiten alargar de manera indefinida los procedimientos de cobro.
Entonces, lo que se trata es de que los cobros firmes ya tuvieron garantías de audiencia, ya tuvieron la oportunidad de defenderse. Los cobros firmes, los créditos firmes ya se puedan ejecutar. ¿Por qué? Es muy importante para todas las mexicanas y mexicanos.
Los derechos cuestan. Los derechos cuestan y los derechos los tiene que garantizar el Estado mexicano a partir de tener la capacidad de recaudación suficiente.
Los derechos sociales no implican sino eso, el tener que garantizar a través del presupuesto público derechos como la educación, como la salud, incluso el medio ambiente sano, en fin.
O sea, seamos conscientes que el Estado mexicano tiene obligaciones que tiene que cumplir y evidentemente tiene que hacerlo garantizando a plenitud todos los derechos de las personas en lo individual, pero también de las personas como componentes de un conglomerado, de una sociedad.
PREGUNTA: Oiga, senador, ¿entonces no se violenta ninguna normatividad del Senado si pasa directo a Pleno?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: No, no se violenta. Ha ocurrido ya muchas veces. Es una práctica que es una opción.
PREGUNTA: Sobre todo cuando se trata de ratificar algún cambio por la Cámara de origen, que tuvo que ser modificado.
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Sí, efectivamente. Efectivamente, y la deliberación de esta cámara pues se podrá coincidir con lo que hizo la Cámara de Diputados, o se podrá no coincidir, pero eso será materia de la deliberación.
PREGUNTA: En todo caso, ¿la discusión se va a circunscribir a estos tres artículos?
SENADOR ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ: Así lo manda el procedimiento legislativo a estos cambios. Lo que ya aprobamos y que no fue materia de modificaciones queda intocado.