GPPT respalda reserva que evita retroactividad inconstitucional

Ciudad de México, 15 de octubre de 2025

Lejos de generar incertidumbre, la propuesta de modificación que se presenta evita el doble carril procesal y cierra espacio a tácticas dilatorias: dip. Ricardo Mejía

No existe retroactividad jurídica; la reserva reconoce expresamente que las etapas procesales ya concluidas y los derechos adquiridos, se mantienen intactos: dip. Vanessa López

En el marco de la sesión ordinaria, el diputado federal, Ricardo Mejía Berdeja, respaldó la reserva al artículo Tercero Transitorio, contenido en el dictamen que reforma la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que tiene como finalidad evitar la retroactividad inconstitucional.

Al hacer uso de la palabra, el legislador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT), señaló que, lejos de generar algún tipo de incertidumbre, la propuesta de modificación que se presenta evita el doble carril procesal y que, en un mismo juicio, se mezclen viejas y nuevas reglas, al tiempo de cerrar el espacio a tácticas dilatorias y garantizar la igualdad de trato para las partes.

“La redacción propuesta delimita, con precisión, su alcance; sólo impacta etapas procesales pendientes, reconoce y respeta actos consumados y resoluciones firmes, es un doble candado que asegura que no hay perjuicio retroactivo y al mismo tiempo se actualiza el estándar para decisiones que aún no existen, armoniza miles de asuntos en trámite. En conclusión, no es retroactiva, no toca lo ya decidido ni los derechos nacidos, sólo rige actos futuros”, puntualizó.

Por su parte, la congresista del Partido del Trabajo, Vanessa López Carrillo subrayó que, con la reserva presentada, no existirá retroactividad jurídica, toda vez que reconoce expresamente que las etapas procesales ya concluidas y los derechos adquiridos, se mantendrán intactos bajo la legislación anterior, mientras que las acciones futuras se regirán por la nueva ley, en concordancia con la doctrina procesal universal.

“Hay razón jurídica y es simple, una ley procesal no puede ser retroactiva, pero sí debe aplicarse de inmediato a los actos futuros para que la justicia no se detenga. Este transitorio no quita derechos, los consolida, no detiene procesos, los ordena, no cambia la historia del amparo, lo moderniza, porque lo que México necesita no es parálisis judicial, sino una justicia viva, actual y al servicio del pueblo”, finalizó.

Texto y Fotografía: Grupo Parlamentario del PT en la Cámara de Diputados