Intervención en Tribuna del diputado Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, sobre la reforma constitucional en materia de doble nacionalidad, en Palacio Legislativo de San Lázaro

22 de septiembre de 2026

Ciudadano Presidente, ciudadanos legisladores, legisladoras:

Estamos frente a una reforma constitucional profunda.

Atentos al artículo 135 constitucional, estamos proponiendo modificar tres artículos de la Constitución: el 82, el 116 y el 122, y al incorporar estas modificaciones, de proceder, van a reforzar el principio de soberanía y de protección a la independencia de nuestro país.

He escuchado toda la mañana el debate que aquí se ha desarrollado. Algunas expresiones demasiado frívolas; otras más, cargadas con desinformación, y algunas otras, sí, con elementos de juicio y de valor que deben de atenderse desde el punto de vista constitucional.

¿De qué se trata esta reforma? Creo que la iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum tiene sentido y tiene un compromiso histórico con la nación en estos momentos oportunos en donde la injerencia, óiganlo bien, la injerencia extranjera amenaza la política interna de nuestro país.

Sí, creemos que esta reforma protege la soberanía del país y estoy seguro que el Constituyente Permanente, que ahora estamos iniciando con esta Cámara de Diputados como Cámara de origen, va a concedernos la razón histórica, moral, ética.

Cuando yo escucho a simpatizantes de movimientos injerencistas y de la posibilidad de que gobernaran nuestro país personas con lealtades encontradas y dispares, me remito a la historia, 1836, donde por actos injerencistas, perdimos Texas; y luego, recorro la historia hacia 1847-48 donde de manera humillante, con un trato indigno a los mexicanos y mexicanas de aquella generación, el ejército norteamericano y el gobierno norteamericano nos despojaron de más de la mitad del territorio nacional.

Por eso, yo sostengo que corresponde al Estado nacional, y es lo que estamos haciendo, reglamentar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos por razones de edad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil, capacidad penal, mental, y nacionalidad, porque la nacionalidad constituye esa condición admisible para regular el ejercicio de los derechos políticos.

Cuando trivializan el debate y cuando se van por senderos de insultos y descalificaciones, me da tristeza ver el nivel del debate político, ideológico, histórico y cultural de la Cámara.

No, yo no califico de hipócritas, de vendepatrias, de antinacionalistas a quienes se oponen a esta reforma. Simplemente, les expreso razones por las que la mayoría está en favor de esta modificación.

Por cierto, la Corte Interamericana reconoce que los Estados nacionales pueden establecer condiciones para el ejercicio de los derechos, observando los principios de proporcionalidad, compatibilidad y razonabilidad, por lo que está cumpliéndose con esos extremos jurídicos y, por eso, cargos de elección popular como el de presidente de la República, o gobernadores, o gobernadoras, jefa de Gobierno o jefe de Gobierno tienen que ser cuidadosamente reglamentados

¿Por qué razón? Considero de manera personal, por convicción propia, que quien posee dos o más nacionalidades puede implicar derechos, deberes y mecanismos de protección frente a otros Estados, pero la sola coexistencia de este vínculo político de dos naciones genera, desde mi punto de vista, un conflicto efectivo de lealtades.

Esta reforma debe entenderse como una medida preventiva nacional, asociada a la existencia, naturaleza de determinados cargos y orientada a evitar la concurrencia formal de vínculos estatales, y no como una valoración negativa de la condición binacional.

Déjenme decirles que nosotros respetamos en los hechos a la comunidad migrante y si un migrante decide postularse como candidato a la Presidencia de la República nada se lo impide, porque basta con que renuncie antes de ser postulado a la nacionalidad norteamericana, francesa, italiana o española que tenga.

Por cierto, cuando se pregunta que ¿en qué estados nacionales se presupone o se establece la renuncia? En efecto, en algunos estados nacionales basta con ir al registro civil o a la notaría, renunciar la nacionalidad y tiene efectos jurídicos. En otros estados nacionales no, requiere el gobierno de autorizar la renuncia, tal es el caso de Alemania, tal es el caso de Estados Unidos, Francia y España, en las dos modalidades.

Pero, no hemos concluido el trabajo, el trabajo apenas lo inicia el Constituyente Permanente. Una vez que se promulgue esta reforma constitucional a estos tres artículos, vendrá la ley reglamentaria y es ahí donde se desarrolla todo el procedimiento de lo que aquí con insistencia se pregunta ¿será el momento del Poder Legislativo cuando regule la ley reglamentaria de estos tres artículos? porque en la Constitución no puedes plasmar todo el procedimiento para la renuncia de una nacionalidad, no tiene carácter particular, ni tampoco está orientado a afectar a un mexicano o a una mexicana, no tiene una carta de intención contra nadie, tiene las características de una ley, la abstracción, la generalidad, la coercitividad, la obligatoriedad. Esas son las características de la norma jurídica suprema que estamos iniciando a construir en el Poder Legislativo.

Y por eso, es muy claro lo que queremos hacer. El Estado nacional determina soberanamente las condiciones para perder su nacionalidad, y aunque los procedimientos difieren, hay precedentes constitucionales a los que se puede acudir, sí, hay referencias, hay precedentes y hay jurisprudencia de la Corte que no afecta esta reforma que ahora estamos iniciando.

El proyecto de iniciativa, la iniciativa que hemos estado discutiendo y que ahora dictaminada estamos en el debate, se sustenta en esta protección de la soberanía y la intención de garantizar que quienes encabecen los poderes ejecutivos mantengan un vínculo jurídico-político exclusivo con el Estado mexicano.

Desde la perspectiva constitucional y convencional, esta exigencia de nacionalidad única no resulta incompatible con los instrumentos internacionales, ya que la nacionalidad constituye una condición admisible para regular el ejercicio de los derechos políticos. Es decir, compañeros, estamos actuando de manera correcta, histórica, moral y éticamente.

El grupo parlamentario de Morena tiene entre sus filas a cinco personas que representan a los migrantes mexicanos radicados en el exterior cinco, es la única bancada que les da su lugar, que les da asiento, que les da voz, que les da voto, para aplicar sus necesidades a nuestras reglas jurídicas y al sistema normativo mexicano. Por eso, quiero expresarles que estamos en la vía correcta.

Yo quisiera pedirle, presidente, yo me he interesado mucho en este tema, y quisiera dejarle un documento que elaboré, por si alguien tuviese la posibilidad de leerlo, sobre todos los contenidos, perspectivas y estudios en materia de derecho comparado sobre nacionalidad. No lo podríamos desarrollar aquí en el debate porque es muy extenso, pero lo dejo para que se inscriba en el Diario de los Debates y poder ilustrar más a la asamblea sobre lo que estamos haciendo.

De verdad, estamos logrando un avance histórico para evitar que nuestro país sea sometido a injerencias indebidas y groseras. Estamos logrando recuperar, reforzar el sentido de la soberanía nacional y estamos logrando que, a México, en los altos niveles del gobierno por la política exterior, por las Fuerzas Armadas, por los asuntos internacionales, lo gobiernen mexicanos, exclusivamente. Y de eso se trata la iniciativa ahora convertida en dictamen a discusión en este Pleno de la Cámara de Diputados.

Presidente, por su tolerancia, a usted y a la asamblea, muchas gracias. Y seguimos debatiendo en los próximos días.

Gracias a todos.

Texto y Fotografía: Cámara de Diputados