Mensaje del senador Ricardo Monreal Ávila, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado de la República

Ciudad de México, 17 de abril de 2024

Después del vergonzoso hecho de ayer, en donde los senadores de la oposición no pasaron lista y no se llevó a cabo la Sesión Solemne para reconocer a la Fuerza Armada de México y entregar la Medalla al almirante Ojeda; hoy vamos a insistir en el quorum legal y hoy hemos convocado a todos los senadores y senadoras de Morena, del Partido Verde, del PES, del PT, a que cumplamos con nuestra responsabilidad constitucional.

No se justifica que no llevemos a cabo sesiones. Así es que confío mucho en que ahora nosotros construyamos la mayoría para sesionar; porque obviamente esta es una táctica y estrategia de la oposición, de no pasar lista para que no haya quorum.

Hoy lo vamos a lograr. Tenemos dos sesiones, donde vamos a tratar modificaciones a la Ley de Amnistía y a la Ley de Amparo; que las dos son instrumentos importantes de fortaleza del Poder Legislativo.

La Ley de Amnistía faculta al Ejecutivo para que, en casos urgentes o relevantes, pueda otorgar amnistía a personas que aporten datos e información relevante para llegar a la verdad.

Muchos legisladores se asustan y cuestionan esta decisión que estamos planteando para modificar la ley; pero no se asustan ni se preocupan con lo que en la Corte está pasando, que quieren declarar inválido el artículo 19 constitucional y los delincuentes de peligrosidad o presuntos delincuentes de alto nivel, quedarían libres o tendrían su proceso en libertad. Eso no lo nos asusta, porque invalidan el 19 constitucional.

Ojalá y no sea así, porque entonces sí la sociedad estará en grave riesgo frente a los presuntos criminales que podrían librarse, más de 60 mil y que son todos por delitos graves que establece el 19 constitucional. De eso no se asustan, pero sí de otorgar una sola facultad al Ejecutivo para resolver casos relevantes como Tlataya, como Allende, como Ayotzinapa. Por eso estamos convencidos.

Y sobre la Ley de Amparo, lo único que estamos haciendo es que los jueces de amparo respeten la Constitución: que concedan suspensión provisional para aquel quejoso que solicite de los actos reclamados.

Si se presume de inconstitucional la norma, entonces que acudan al procedimiento que establece la Constitución para invalidarla, pero que no sea una facultad abusiva y discrecional la que emplee el juez de amparo para otorgar suspensiones para efectos generales.

Constitucionalmente es defendible, y simplemente acudimos a la naturaleza jurídica del amparo. El principio Otero, Fórmula Otero o el Principio de Relatividad.

Ojalá y des seguimiento al debate, que hoy va a ser muy interesante. Dos sesiones, porque ayer por la falta de asistencia de la oposición, no las llevamos a cabo; hoy lo vamos a lograr, estoy seguro de eso.

Texto y Foto: Cámara de Senadores