Conceden licencia a Fernando Jorge Castro Trenti

Ciudad de México, 14 de abril de 2026

En votación económica, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó un día de licencia al diputado Fernando Jorge Castro Trenti (Morena-Primera Circunscripción-Baja California), para separarse del cargo federal en la LXVI Legislatura, correspondiente al próximo miércoles 15 de abril.

Además, la Mesa Directiva informó de la reincorporación a los trabajos de la LXVI Legislatura de los diputados Alejandro Cortés Mendoza (PAN) y Daniel Murguía Lardizábal (Morena), a partir del 10 de abril.

Comunicaciones

La Secretaría de Gobernación (Segob) remitió el informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México, relativo al cuarto trimestre de 2025. Se canalizó a las comisiones de Economía, Comercio y Competitividad; y de Hacienda y Crédito Público.

De la Cámara de Senadores se conocieron tres acuerdos por los que se designa a las personas senadoras que integrarán las comisiones bicamarales del Canal de Televisión del Congreso General, de Seguridad Nacional y para la Evaluación y Seguimiento de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Seguridad Pública. Se remitieron a la Junta de Coordinación Política.

A comisiones de la Cámara de Diputados se turnaron tres iniciativas del Congreso de Chihuahua. Una, reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, para proteger las fuentes de trabajo de las mujeres víctimas de violencia que se vean en la necesidad de resguardarse en refugios de protección. Se envió a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

La segunda, modifica el artículo 3º de la Constitución Política, y adiciona el artículo 116 de la Ley General de Educación, para que los municipios destinen recursos presupuestales al fortalecimiento de la educación pública en su territorio, sumando esfuerzos con la Federación y los estados en la ampliación de infraestructura y equipamiento educativos. Será analizada por la Comisión de Puntos Constitucionales.

Una más, con proyecto de decreto por el que se adiciona un Capítulo XIII Ter denominado “De las personas trabajadoras distribuidoras de vales” al Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo, fue canalizada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público se hicieron llegar tres iniciativas de senadoras y senadores. La primera, reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por Alejandro Moreno Cárdenas, Manuel Añorve Baños, Alma Carolina Viggiano Austria, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Cristina Ruíz Sandoval, Rolando Rodrigo Zapata Bello, Claudia Edith Anaya Mota, Miguel Ángel Riquelme Solís, Mely Romero Celis, Paloma Sánchez Ramos, Ángel García Yáñez, Karla Guadalupe Toledo Zamora y Anabell Ávalos Zempoalteca, del grupo parlamentario del PRI.

Su propósito es deducir impuestos por los gastos erogados por la adquisición de medicamentos prescritos por profesional con título legalmente expedido y registrado ante las autoridades competentes, siempre que se encuentren amparados por la receta correspondiente y consten en comprobante fiscal digital por Internet, al reconocer que el gasto en medicamentos adquiridos con prescripción médica, en un contexto de insuficiencia pública, no puede tratarse fiscalmente como una erogación ordinaria sujeta a limitaciones que desconocen su carácter indispensable.

Otra, reforma la fracción XIV del artículo 93 y el párrafo tercero del artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, presentada por Virgilio Mendoza Amezcua (PVEM), sobre gratificaciones que reciban las personas trabajadoras de sus patrones, durante un año de calendario, primas vacacionales y dominicales.

También, la iniciativa que reforma la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada Pablo Guillermo Angulo Briceño (PRI), cuya finalidad es precisar que, tratándose de ingresos por concepto de salarios caídos derivados de resoluciones judiciales, laudos o convenios laborales, el cálculo del impuesto deberá realizarse considerando dichos ingresos en los periodos en que se generaron, evitando su acumulación en un solo ejercicio fiscal.

Texto y Fotografía: Cámara de Diputados