Diario Oficial de la Federación publica reformas a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Ciudad de México, 9 de junio de 2026

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó en su edición vespertina, el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el cual entrará en vigor mañana miércoles 10 de junio.

El pasado 25 de marzo, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; se devolvió al Senado para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional. 

En lo general, se avaló con 331 votos a favor, 120 en contra y cero abstenciones, y en lo particular por 328 votos a favor, 119 en contra y cero abstenciones, y con los cambios aceptados por el Pleno a los artículos 19 y 53.

Prevé que el juicio sumario se resuelva en un plazo máximo de seis meses previsto para los juicios administrativos en materia tributaria. Incrementa la cuantía de la procedencia del juicio en la vía sumaria para pasar de resoluciones cuyo importe no exceda de quince veces la Unidad de Medida y Actualización vigente elevada al año.

Detalla plazos máximos de actuación para las magistradas y magistrados instructores del juicio contencioso administrativo federal, así como plazos máximos para la presentación de promociones de las partes. Hace mención de las reglas y plazos para la práctica de las notificaciones que se realizan a las personas particulares y a las autoridades por medio del Boletín Jurisdiccional. Contempla un lenguaje incluyente.

Indica que salvo que alguna disposición de esta ley establezca un plazo diverso, el acuerdo o resolución que deba recaer a toda promoción presentada ante el Tribunal ya sea por escrito ante la Sala o, en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea, deberá emitirse en un plazo no mayor a cinco días siguientes a la fecha de su presentación.

En consecuencia, el decreto publicado en la edición vespertina del DOF, es el siguiente:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5790177&fecha=09/06/2026#gsc.tab=0

Texto: Cámara de Diputados | Fotografía: Diario Oficial de la Federación