Piden que el Estado implemente Estrategia Nacional para la Prevención de la Ludopatía Digital Infantil

Ciudad de México, 17 de julio de 2026

Asimismo, la protección de niñas, niños y adolescentes frente a apuestas, juegos de azar y mecanismos digitales de recompensa aleatoria

Diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora (MC) propone cambios a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

La diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora (MC) impulsa una iniciativa para que el Estado, en sus distintos órdenes de gobierno y en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñe, implemente y evalúe una Estrategia Nacional para la Prevención de la Ludopatía Digital Infantil y la protección de niñas, niños y adolescentes frente a apuestas, juegos de azar y mecanismos digitales de recompensa aleatoria que incentiven conductas de apuesta o gasto compulsivo.

La propuesta, que plantea adicionar un artículo 101 Bis 4 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que la ludopatía digital infantil se entenderá como el riesgo de desarrollar patrones problemáticos de conducta vinculados con apuestas, juegos de azar o mecanismos digitales de recompensa aleatoria, cuando estos simulen, incentiven o normalicen conductas de apuesta o gasto compulsivo en personas menores de edad.

La Estrategia, indica, tendrá carácter preventivo, educativo y de coordinación institucional, y no sustituirá las competencias regulatorias ni sancionadoras que correspondan a otras autoridades conforme a los ordenamientos aplicables. Las medidas que se emitan deberán observar los principios de legalidad, interés superior de la niñez, proporcionalidad, mínima intervención, protección de datos personales, privacidad, accesibilidad, inclusión y desarrollo progresivo de la autonomía.

Tratándose de niñas, niños y adolescentes, señala, la Estrategia deberá orientarse a la prevención, restricción y exclusión de su participación en apuestas y juegos de azar, por lo que no podrá promoverse su acceso bajo el concepto de juego responsable. Lo anterior no implicará prohibir de manera general videojuegos, contenidos recreativos o herramientas digitales acordes con su edad y desarrollo evolutivo.

Además, la estrategia deberá incluir campañas de información y sensibilización, acciones de alfabetización digital, criterios preventivos, acciones de coordinación y orientación, medidas de coordinación con las autoridades competentes; mecanismos de orientación, detección temprana, canalización institucional y atención psicosocial, y elaboración de materiales, diagnósticos y criterios preventivos con enfoque diferenciado.

El documento, turnado a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, refiere que el acceso a internet representa una herramienta esencial para el ejercicio de derechos, aprendizaje y el esparcimiento, pero también ha incrementado la exposición de niñas, niños y adolescentes a diversos riesgos como ciberacoso, violencia digital, captación comercial agresiva, exposición a contenidos nocivos, publicidad segmentada y dinámicas asociadas con apuestas, juegos de azar o mecanismos digitales.

La iniciativa asevera que los videojuegos, aplicaciones recreativas, contenidos culturales o herramientas digitales de entretenimiento no deben ser prohibidos de forma general cuando sean adecuados para la edad y el desarrollo evolutivo; sin embargo, sí deben establecerse medidas preventivas respecto a la simulación de apuestas, condicionar recompensas aleatorias, inducir compras reiteradas, fomentar microtransacciones compulsivas o exponer a personas menores de edad a publicidad de juegos de azar.

https://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/66/2026/jun/20260605-I.html#Iniciativa22

Texto y Fotografía: Cámara de Diputados