GPPT impulsa reserva para evitar coincidencia entre elecciones federales con la revocación de mandato

Ciudad de México, 27 de mayo de 2026

Ajuste establece que la Revocación de Mandato se realizará el 1º de junio del cuarto año del periodo constitucional; puede empatar con elecciones locales o del Poder Judicial: dip. Reginaldo Sandoval

Reserva brinda claridad jurídica y elimina posibles contradicciones constitucionales relacionadas con la Revocación de Mandato: dip. Lilia Aguilar

Durante la sesión extraordinaria, en el marco de la discusión del dictamen, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución, en materia de reforma al Poder Judicial, el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT), Reginaldo Sandoval Flores, presentó una reserva al apartado tercero, del artículo 35, con el objetivo de evitar coincidencia entre elecciones federales con la Revocación de Mandato.

Al hacer uso de la palabra, el legislador petista explicó que el ajuste precisará que la Revocación de Mandato se llevará a cabo el 1º de junio, del cuarto año del periodo constitucional y en esa lógica, no podrá empatarse con ninguna elección intermedia federal o con la elección a la Presidencia de la República.

“Ese es el propósito central, para que quede muy bien acotado y establecido, que no haya duda alguna de que puede empatarse la Revocación de Mandato con una elección federal; sí puede empatar con algunas elecciones locales y con la elección al Poder Judicial, que será el tema de 28, pero nunca en una elección de Congreso o de Presidencia de la República”, puntualizó el congresista.

Por su parte, la diputada federal del GPPT, Lilia Aguilar Gil, reiteró su respaldo a la reserva, al considerar que ésta brinda claridad jurídica y elimina posibles contradicciones constitucionales relacionadas con la Revocación de Mandato. En ese sentido, dijo, la modificación evitará una posible antinomia que pudiera permitir interpretaciones contradictorias sobre el momento en que debe realizarse dicho mecanismo de participación ciudadana.

“Esto salvaguarda, el principio original de la Revocación de Mandato, para que el titular del Ejecutivo sea puesto a consideración del pueblo mexicano a la mitad de su periodo y que esta elección pueda ser en el cuarto año. Esta es una reserva que el PT veía necesaria y que creo que viene a aclarar, no solamente el tema jurídico sobre la elección de juez y magistrados, sino también sobre la propia revocación y su naturaleza”, finalizó.

Texto y Fotografía: Grupo Parlamentario del PT en Cámara de Diputados