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Sheinbaum Pardo firma el Acuerdo para el Fomento de la Industria Siderúrgica Mexicana
Como parte del Plan México, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó el Acuerdo para el Fomento de la Industria Siderúrgica Mexicana, que comprende a 19 instituciones públicas y tres cámaras empresariales, con el objetivo de potenciar el acero que se produce en el país en beneficio de las y los mexicanos.
Nueva Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México endurece sanciones por actos de crueldad y maltrato animal
Toluca, Estado de México, 29 de abril de 2026
Dicha legislación, pionera a nivel nacional, establece el reconocimiento de los animales como seres sintientes y a los animales domésticos como parte del núcleo familiar.
La nueva Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México, impulsada por la Gobernadora Delfina Gómez Álvarez y aprobada por unanimidad en la LXII Legislatura del Estado de México, contempla multas más severas a quien cometa actos de crueldad y maltrato animal, entre otro tipo de conductas que vayan en perjuicio de los seres sintientes.
Así, por ejemplo, establece multas de 150 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA), a quien cometa actos de crueldad y maltrato animal; es decir, de 17 mil 596.50 a 35 mil 193.00 pesos.
También considera arresto inconmutable de 36 horas y multa de 25 a 30 veces el valor diario UMA vigente (2 mil 932.75 a 3 mil 519.30 peos), por colocar a un animal en condiciones no adecuadas de alojamiento, movilidad o higiene que puedan causar un exceso de sed, hambre, desnutrición, miedo, angustia, incomodidades físicas o térmicas, de dolor, lesiones o enfermedades, o bien, que le impidan expresar las pautas propias de comportamiento.
Dicha legislación, pionera a nivel nacional, establece el reconocimiento de los animales como seres sintientes y promueve su cuidado y protección a través de un catálogo de sanciones que pueden ir desde una amonestación, trabajo en favor de la comunidad relacionado con la protección, conservación y preservación del medio ambiente, multas e incluso arresto hasta de 36 horas.
En su Capítulo XVIII, Artículo 119, que trata sobre de las sanciones, dicha Ley considera como infractor a toda persona física, jurídico colectiva o autoridad que, por acto u omisión directa, intencional o imprudencial, o colaborando de cualquier forma infrinja o induzca directa o indirectamente a un tercero a infringir o violar las disposiciones establecidas.
Entre otras causas, sanciona los actos de crueldad y maltrato animal como son: causarles la muerte utilizando cualquier medio o instrumento que provoque agonía o sufrimiento innecesario; el sacrificio humanitario de animales a través de métodos diversos a los establecidos en las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones jurídicas aplicables; y todo acto u omisión que pueda ocasionar dolor o sufrimiento considerable y poner en peligro la vida o salud del animal o, que afecte su bienestar.
Además, en su Artículo 40, prohíbe y sanciona conductas como: usar seres sintientes en protestas, manifestaciones, plantones o en cualquier otro acto análogo, que provoque su sufrimiento o maltrato; usar seres sintientes vivos como instrumento de entrenamiento en animales de guardia, de ataque o como medio para verificar su agresividad; entregar gratuitamente, distribuir o vender seres sintientes vivos para fines de propaganda política o como premios en sorteos, juegos, concursos, rifas, loterías o similares.
Con Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México se coloca a la vanguardia en materia de protección y bienestar animal, al incluir aspectos como el concepto familia multiespecie, que reconoce a los animales de compañía como parte del núcleo familiar, así como la inclusión del tema de bienestar animal en el ámbito educativo.