Senado de la República recibe minuta para sancionar reclutamiento de personas a la delincuencia organizada

21 de octubre de 2026

Reformas que buscan ampliar plazo para implementar Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, también fueron turnadas a comisiones

El Senado de la República recibió un proyecto de la Cámara de Diputados que propone incorporar a la ley el delito de reclutamiento de personas con fines delictivos, sancionado con penas de 10 a 20 años de prisión y de cinco mil a 50 mil días multa, independientemente de las que correspondan por otros delitos.

Dicho documento fue turnado a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Primera, reforma la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, busca sancionar a quien, por medios impresos, electrónicos o cualquier otro, invite, induzca, incorpore o reclute, directamente o por medio de otra persona, a una o más personas para integrarse a un grupo delictivo o a la delincuencia organizada, o para realizar actividades delictivas vinculadas con esta última.

Plantea que cuando el reclutamiento se realice mediante intimidación, amenaza, coacción, violencia física, moral o abuso de poder, se considerará reclutamiento forzado y la pena aumentará de 15 a 25 años de prisión y de 10 mil a 80 mil días multa.

También prevé que las penas se incrementen hasta en una mitad cuando concurran circunstancias que aumenten la gravedad de la conducta, entre ellas que quien reclute haya trabajado en seguridad privada y utilice información confidencial o capacitación obtenida para cometer el delito; sea persona servidora pública; la víctima pertenezca a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana; se encuentre en situación de movilidad humana, cualquiera que sea su condición migratoria.

Además, establece que las sanciones aumenten en el momento que se ocasionen lesiones o se utilicen tortura, violencia sexual, privación de la libertad, fanatismo religioso o tratos crueles, inhumanos o degradantes; la víctima posea conocimientos o habilidades especializadas; o la persona responsable haya pertenecido a instituciones de seguridad pública o a la Fuerza Armada Permanente.

Precisa que cuando el responsable sea servidor público, además de la pena correspondiente, se imponga la destitución e inhabilitación para desempeñar cargos, empleos o comisiones públicos por un periodo igual al de la pena de prisión, contado a partir de que ésta se haya cumplido.

También plantea la deducción de hasta una tercera parte las penas por reclutamiento cuando la persona autora o partícipe proporcione a la autoridad información relevante, corroborada con otros datos o medios de prueba, que permita esclarecer los hechos o identificar a otros responsables.

Por otro lado, la colegisladora envió a la Cámara de Senadores la minuta que busca reformar diversas disposiciones transitorias del decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de julio de 2023.

El proyecto tiene la finalidad de ampliar el plazo previsto para su implementación y permitir que su entrada en vigor se lleve a cabo de manera gradual, ordenada y acorde con las condiciones institucionales, presupuestarias, tecnológicas y operativas de los poderes judiciales de la Federación y de las entidades federativas. Fue turnado a las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos Primera.

Texto y Fotografía: Cámara de Senadores